Presidencia de la Nación

Productos alimenticios. Aprobación de alimentos, incluidos los productos ecológicos/orgánicos


Dónde se realiza:
Coordinación General de Aprobación de Productos Alimenticios
Carlos Calvo 66, Piso 2°, C1102AAB, CABA.
Teléfono: (+54 - 11) 5222-5973/5974/5975
Correo electrónico: [email protected]

Horario de atención:
De lunes a viernes de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 16:00 hs.

Requerimientos:
Aprobación de nuevo producto:

  • Formularios Nros. 1 y 2 (a retirar en la Mesa de Entradas del área técnica).

  • Un proyecto de rótulo, que incluirá las leyendas obligatorias conforme las Resoluciones Conjuntas ex-SPRyRS y ex-SAGPyA Nros. 149/2005 y 683/2005; 150/2005 y 684/2005; 49/2007 y 106/2007; 38/2007 y 74/2007 y la normativa que requiera cada caso en particular, así como la cantidad de leyendas que llevará el rótulo definitivo. Cuando se tramiten productos cárnicos y se comercialicen en diferentes presentaciones (cortes anatómicos) se agregará un listado de los mismos a efectos del otorgamiento de los números de registro. De la misma manera se procederá con los productos de la pesca, donde se enunciará el listado de especies a tramitar.

  • Para los productos cuya naturaleza esten dentro del ámbito de aplicación de la Resolución Conjunta ex-SPRyRS y ex-SAGPyA N° 149/2005 y 683/2005 (que incorpora la Resolución GMC N° 46/2003) así como de la Resolución GMC N° 1/2012, vinculados con información nutricional e información nutricional complementaria respectivamente, se adjuntarán los correspondientes análisis de laboratorio que avalen los datos nutricionales que se viertan en el etiquetado.

  • Aquellos elaboradores que no hayan obtenido aún su número oficial, podrán igualmente iniciar la tramitación. Presentando la certificación obtendrán los números de registro correspondientes.

Aprobación de producto ecológico:

  • Certificación de Producto Ecológico otorgada por la Dirección de Calidad Agroalimentaria de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del Senasa.

  • Formularios Nros. 1 y 2 (a retirar en la Mesa de Entradas del área técnica).

  • Un proyecto de rótulo, que incluirá las leyendas obligatorias conforme las Resoluciones Conjuntas ex-SPRyRS y ex-SAGPyA Nros. 149/2005 y 683/2005; 150/2005 y 684/2005; 49/2007 y

106/2007; 38/2007 y 74/2007 y la normativa que requiera cada caso en particular, así como la cantidad de leyendas que llevará el rótulo definitivo. Cuando se tramiten productos cárnicos y se comercialicen en diferentes presentaciones (cortes anatómicos) se agregará un listado de los mismos a efectos del otorgamiento de los números de registro. De la misma manera se procederá con los productos de la pesca, donde se enunciará el listado de especies a tramitar.

  • Para los productos cuya naturaleza esté dentro del ámbito de aplicación de la Resolución Conjunta ex-SPRyRS y ex-SAGPyA N° 149/2005 y 683/2005 (que incorpora la Resolución GMC N° 46/2003) así como de la Resolución GMC N° 1/2012, vinculados con información nutricional e información nutricional complementaria respectivamente, se adjuntarán los correspondientes análisis de laboratorio que avalen los datos nutricionales que se viertan en el etiquetado.
    Aquellos elaboradores que no hayan obtenido aún su número oficial, podrán igualmente iniciar la tramitación. Presentando la certificación obtendrán los números de registro correspondientes.

Modificación de monografías y/o rótulos:

  • Formulario Nº 1 indicando en el correspondiente apartado la modificación a realizar.

  • Formulario Nº 2 efectivizando la modificación.

  • Proyecto de rótulo.

Aprobación de rótulos definitivos:
El rótulo es la identificación que llevará el producto para su comercialización.

  • DOS (2) rótulos definitivos por original, en un plazo de NOVENTA (90) días contados a partir de la aprobación del proyecto.

  • Si el tamaño de los rótulos es superior a las medidas de la hoja oficio, podrán presentarse DOS (2) fotocopias color, o DOS (2) fotografías, en ambos casos deberán ser de un tamaño tal que garantice claridad en la lectura de las leyendas que en ella obran.

  • Cuando resulte necesario presentar fotocopias o fotografías, éstas se acompañarán, a los efectos de su lectura y posterior autenticación, de UN (1) ejemplar del rótulo definitivo en original.

  • En el caso de ser aprobados, uno de los rótulos presentado permanecerá en el expediente a los efectos de su archivo y el restante, junto con el correspondiente certificado, le será entregado al representante o apoderado, quien deberá remitirlo a la planta elaboradora, debiendo ser presentado ante la autoridad que corresponda toda vez que se le requiera, de acuerdo a lo establecido en el Código Alimentario Argentino.

Quién puede efectuarlo:
Titular de la firma, representante o apoderado, quienes deberán presentar poder de la empresa certificado ante Escribano Público o firmado por el titular de la firma, siendo la misma avalada por autoridad policial.

Duración:
Setenta y dos (72) horas.

Documentación que se otorga:
Certificado de aprobación.

Normas que reglamentan el trámite:
Capítulo V del Código Alimentario Argentino (Rotulación y publicidad de los alimentos), Capítulo XVII (Alimentos de régimen o dietéticos) del Código Alimentario Argentino, Decreto N° 4.238/1968 y normas complementarias incorporadas al texto, Resoluciones ex Senasa Nros. 68/1993 y 1428/1993,Resolución SENASA Nº 60/1999.

Nota:
Las normativas del Grupo Mercado Común (GMC) y las resoluciones conjuntas, mencionadas en los requerimientos, están incorporadas en los capítulos V y XVII del Código Alimentario Argentino.

Descargar:
Instructivo y Formulario N° 1 y 2°
Mantenimiento anual Resolución N° 541/2004


Arancel:
Resolución Ministerio de Agroindustria N° 61/2018

La presente Guía de Tramites del Senasa es elaborada y actualizada por el Departamento de Documentación e Información, para consultas relacionadas con sus contenidos puede contactarse con nosotros:

Departamento de Documentación e Información al Público
Av. Paseo Colón 367 P.B. (ACD1063) CABA
Correo electrónico:[email protected]
Teléfonos: (54 11) 4121-5000
Línea gratuita: 0800-999-2386

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