Presidencia de la Nación

Pautas para la consulta en sala


Art. 1: Cualquier persona, pertenezca o no al Hospital, puede acceder al préstamo de material en sala, para lo cual debe presentar documentación que acredite identidad.

Art. 2: El material a consultar debe ser solicitado al personal de la Biblioteca, sin excepción.

Art. 3: En caso de necesitar consultar un título en particular será requisito la reserva previa del mismo a través de los canales de comunicación de la Biblioteca.

Art. 4: En caso de ingresar a la Biblioteca con libros de su propiedad, el usuario deberá declararlos ante el personal bibliotecarie.

Art. 5: Al finalizar la consulta se debe entregar el material en mano al personal de la Biblioteca.

Art. 6: No está permitido retirar material para fotocopiar.

Art. 8: No está permitido fumar ni ingerir alimentos.

Art. 9: Está permitido ingerir bebidas únicamente contenidas en envases con tapa.

Art. 10: Está permitido el uso del teléfono celular en modo silencioso.

Art. 11: Es requisito fundamental mantener un trato respetuoso, tanto con otros usuarios como con el personal de la Biblioteca.

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