Sanciones aplicadas en Control de Comercio durante los años 2022, 2023 y 2024
El INASE verifica si la semilla cumple con las exigencias de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247 y normas complementarias y realiza el control del comercio de semillas.
Los funcionarios del Instituto cuentan con la facultad de inspeccionar, extraer muestras, hacer análisis de semillas depositadas, transportadas, vendidas, ofrecidas o expuestas a la venta, en cualquier momento o lugar y tienen acceso a cualquier establecimiento donde existan semillas para inspeccionar la documentación relativa a las mismas.
En caso de verificarse alguna anomalía, los funcionarios labrarán un acta en la que constará la infracción verificada y extraerán muestras de las semillas para su análisis en el Laboratorio del INASE.

Ante la verificación de infracciones a las normas de la Ley N° 20.247, el INASE tiene la facultad de aplicar sanciones como apercibimientos, multas, decomiso de la mercadería, suspensión o inhabilitación y, en supuesto graves, de proceder a la clausura del establecimiento.
La reglamentación ha establecido como parámetro para graduar las sanciones de multa que el monto sea vinculado al valor de la semilla detectada en infracción, lo que refleja un parámetro objetivo de ponderación y, además, se considera la gravedad de la infracción cometida y los antecedentes del responsable. La regularización de la mercadería puede ser tenida en cuenta como atenuante de la sanción.
A continuación, se presenta un detalle de las personas a quienes se les ha aplicado una sanción en virtud de la Ley N° 20.247 durante los años 2022, 2023 y 2024, con el nombre infractor, la especie involucrada, el tipo de infracción, el monto de la multa, el número de expediente administrativo y si la multa fue abonada.