Presidencia de la Nación

Nuevas pautas para monitorear las emisiones a la atmósfera que emanan los generadores eléctricos


Por Resolución ENRE N° 121/2018, los directores del Ente Nacional Regulador de la Electricidad fijaron nuevas pautas para el monitoreo de partículas y gases despedidos por los motores de combustión interna que operan en autogeneradores, cogeneradores y generadores del Mercado Eléctrico Mayorista. Con este objetivo en mente, las autoridades del organismo aprobaron dos documentos: los 'Procedimientos para la Medición y el Registro de Emisiones a la Atmósfera en Motores de Combustión Interna' y la 'Guía de Cálculo para la Medición de Material Particulado Total'.

Los procedimientos son de cumplimiento obligatorio para los agentes del MEM que dispongan de motores de combustión interna en centrales térmicas destinadas a la generación de energía eléctrica para su comercialización. La mencionada Resolución les exige el cumplimiento de los siguientes plazos:

A. Los equipos instalados y en servicio comercial que no dispongan de mediciones de emisiones a la atmósfera deberán realizarlas dentro de los 180 días corridos después de publicada la presente norma.

B. Los equipos que entren en servicio comercial con posterioridad a la fecha de publicación de esta Resolución deberán realizar la primera determinación dentro de los 60 días corridos a partir de la puesta en servicio comercial del equipo.

C. A partir de los monitoreos requeridos en los puntos A o B, según corresponda, la frecuencia de las mediciones será anual para cada equipo en servicio comercial.

D. En caso de motores de combustión interna que dispongan de alguna tecnología sin antecedentes en el MEM, el ENRE podrá establecer una mayor frecuencia de monitoreo, por un lapso que también se encargará de definir según los resultados obtenidos en las primeras determinaciones y hasta tanto se recopile información suficiente.

El ENRE evaluará la calidad de la información que suministren los agentes y el ajuste del procedimiento de monitoreo a las normas incorporadas en la Resolución N° 121/2018. En caso de observar incumplimientos que impliquen la obtención de valores no representativos de las emisiones, notificará al agente para que los justifique de manera pertinente. En caso de que los argumentos no permitan revertir los inconvenientes detectados, considerará que la medición no es representativa y aplicará las sanciones correspondientes.


Descargas

Procedimientos para la Medición y el Registro de Emisiones a la Atmósfera en Motores de Combustión Interna (0.17 MB)

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Guía de Cálculo para la Medición de Material Particulado Total (0.1 MB)

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