Laboratorios de Análisis de Patología de semilla físico-botánica, norma de funcionamiento
El Instituto Nacional de Semillas, como organismo encargado de aplicar lo encomendado por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, tiene dentro de sus objetivos garantizar la identidad y la calidad de las semillas. Dentro de ese marco, la sanidad de las mismas es un aspecto fundamental.
Por eso, tras un proceso de trabajo que se dio en el Comité Técnico de Patología de Semilla Físico-Botánica que asesora a la Comisión Nacional de Semillas, el INASE promulgó la Resolución Nº 798/23, que aprueba las normas de funcionamiento de Laboratorios de Análisis de Patología de Semilla Físico-Botánica.
Esta norma abarca los análisis de patógenos que se transmiten a través de la semilla físico-botánica que utilizan técnicas de incubación como los blotter test y sus variantes, medios de cultivo, y algunas técnicas incluidas en las reglas ISTA (Asociación Internacional de Ensayos de Semillas).
La regulación armoniza características técnicas, ensayos fitosanitarios, requerimientos para la habilitación y el funcionamiento de los Laboratorios que realizan análisis que certifican sanidad para las especies trigo, cebada, soja, maíz y girasol, y que desean el respaldo de este Instituto. En esos casos, la norma es de carácter optativo.
Para el caso de Laboratorios que realizan análisis del hongo Ascochyta rabiei en garbanzo, la norma es de carácter obligatorio.
La normativa, que se realizó con aportes de referentes en la temática que pertenecen al INASE, a la Cátedra de Fitopatología de la FAUBA, a la Asociación de Laboratorios Agropecuarios Privados (ALAP), al INTA (Paraná y La Consulta -Mendoza-) y a la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres (EEAOC), consta en el Anexo I-B un listado de patógenos por especie y diferentes técnicas de análisis, mediante el cual cada Laboratorio podrá especificar el alcance de la habilitación que requiere.
Fotografías gentileza de la Cátedra de Fitopatología de FAUBA.