La AFIP de Abad pone en marcha el nuevo Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones
Se crea el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones, para importadores y quienes operen como tales con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo.
Artículo redactado por Hernán Gilardo y publicado en iProfesional el 08/01/2018.
Se crea conjuntamente entre la AFIP y la Secretaría de Comercio, el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), para importadores y quienes operen como tales con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo.
El Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) será aplicable a los importadores, inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros, con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo.
Los sujetos deberán proporcionar la información que se indica en el micrositio “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)”, disponible en el sitio web de la AFIP.
La declaración efectuada a través del SIMI -declaración SIMI- tendrá un plazo de validez de 180 días corridos, contados a partir de la fecha en que tenga el estado de salida.
La información registrada en el SIMI será puesta a disposición de los organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA).
Asimismo, dichos organismos podrán solicitar a la AFIP la inclusión de la información complementaria que estimen necesaria.
Los organismos aludidos deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 10 días contados desde el registro en el SIMI. No obstante ello, los plazos podrán ampliarse en aquellos casos en que la competencia específica del organismo adherente así lo amerite.
La AFIP comunicará a los importadores las novedades producidas por esos entes y, en su caso, las circunstancias que motivan las observaciones formuladas, así como el Organismo ante el cual deberán comparecer a los fines de su regularización, de corresponder.
Las operaciones deberán contar con la declaración SIMI en estado OFICIALIZADA previo a la puesta a bordo de la mercadería involucrada, lo que permitirá ejecutar las tareas de control en forma anticipada.
Si la declaración SIMI se encuentra en estado de SALIDA, se agilizarán los trámites pertinentes al arribo de las operaciones en trato. Al momento de oficializar la destinación de importación, el Sistema Informático MALVINA (SIM) exigirá el número identificador de la declaración SIMI en estado de SALIDA y realizará su validación.
Una vez efectuada la declaración SIMI, la AFIP analizará la situación del contribuyente a partir de la información disponible en sus registros. En el caso que se detectaran incumplimientos o irregularidades formales se solicitará que se subsanen los mismos, a efectos de avanzar en la tramitación de la declaración SIMI.
La AFIP realizará un análisis sistémico basado en niveles de riesgo o respecto de la capacidad económica financiera del importador para afrontar las operaciones que se pretendan cursar, y en caso de resultar pertinente, le solicitará información a través de un requerimiento electrónico.
En este supuesto todas las declaraciones SIMI pendientes de ese importador que no estén en estado de SALIDA pasarán a estado OBSERVADO, pudiendo ocurrir alguna de las siguientes situaciones:
a) Si de la respuesta al requerimiento cursado el análisis resulta favorable, las declaraciones SIMI pasarán a estado de SALIDA. Asimismo, aquellas declaraciones SIMI registradas que se encuentren dentro de los montos del giro normal del negocio serán exceptuadas de los controles indicados en este artículo por el plazo de 90 días corridos
b) Cuando se produzcan alguna de las causales previstas, las declaraciones SIMI en estado OBSERVADO pasarán a estado ANULADA. En este supuesto se podrá efectuar una nueva declaración SIMI a partir de los 60 días corridos, contados desde la fecha en que la declaración SIMI de que se trate pasó al estado ANULADA.
El importador alcanzado podrá solicitar, por única vez, el levantamiento de dicha medida, presentando la información y documentación suficiente que justifique los desvíos que determinaron su aplicación.
El levantamiento de la medida implicará la posibilidad de efectuar nuevas declaraciones SIMI. El procedimiento para presentar esta solicitud será publicado en el micrositio “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)”, disponible en el sitio web de la AFIP.