Presidencia de la Nación

Inicio de registración para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales

Ya se encuentra habilitado en el SRO+ el proceso de registración inicial para los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV), en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 27.739 y la Resolución UIF 49/2024.

La Ley 27.739, sancionada el 14 de marzo, incluyó en el inciso 13 del artículo 20 de la Ley 25.246 y sus modificatorias, a los proveedores de servicios de activos virtuales como sujetos obligados a informar ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

Asimismo, la Resolución UIF 49/2024, publicada en el BO el 26 de marzo, estableció los requisitos mínimos para identificar, evaluar, monitorear, administrar y mitigar los riesgos de LA/FT/FP que los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) deben implementar para gestionar el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales.

Dicha Resolución dispuso además que, al momento de entrada en vigencia de la norma, los PSAV que se encuentren operando en el país, deben registrarse como sujetos obligados según lo establece la Resolución UIF 50/2011.

En el caso que el PSAV sea una sociedad extranjera (sin CUIT, ni CDI) para iniciar la registración deberá enviar un mail a [email protected] adjuntando la documentación requerida en la Resolución UIF 50/2011.

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Para iniciar el registro por primera vez, Ingresá al SRO+

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