Entra en vigencia la nueva regulación para las Sociedades de capitalización y ahorro
Comienza a regir hoy la Resolución UIF 169/23 que establece nuevos lineamientos para la gestión de los riesgos de LA/FT y de cumplimiento mínimo que los sujetos obligados del sector deben adoptar y aplicar para gestionar el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales de LA/FT.
A partir de hoy, los sujetos obligados del sector Sociedades de capitalización y ahorro deberán implementar un Sistema de Prevención de LA/FT, con un Enfoque Basado en Riesgo (EBR), de acuerdo a la Recomendación 1 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Este Sistema deberá contener todas las políticas, procedimientos y controles a fin de identificar, evaluar, monitorear, administrar y mitigar eficazmente los riesgos de LA/FT a los que se encuentra expuesto y cumplir con las obligaciones exigidas por la normativa vigente y los estándares internacionales del GAFI.
Además, deberán tener en cuenta las Evaluaciones Nacionales de Riesgos de LA/FT/FP, sus actualizaciones, otros documentos publicados o diseminados por autoridades públicas competentes en los que se identifiquen riesgos vinculados con el sector y aquellos riesgos identificados por el propio sujeto obligado.
La normativa, que reemplaza a la Resolución UIF 50/2013, propone una segmentación de los clientes basada en el riesgo asignado a cada uno de ellos y distingue las medidas de debida diligencia que se deberán aplicar de acuerdo a la calificación que reciban. Por ejemplo, en el caso de que se identifiquen supuestos considerados de riesgo alto, los sujetos obligados deberán llevar a cabo una Debida Diligencia Reforzada.
A su vez la nueva regulación incorpora señales de alerta orientativas para facilitar que, a partir de su análisis, los sujetos obligados puedan determinar cuándo corresponde efectuar un Reporte de Operación Sospechosa.
Acceso a la Resolución UIF 169/23 aquí