Presidencia de la Nación

El Presidente presentó Proyecto de Ley Régimen de Promoción del Primer Empleo Formal

El Presidente envió al Congreso un proyecto de ley de primer empleo para promover la creación de empleo formal y facilitar el ingreso de los jóvenes al mundo del trabajo.


El Presidente envió al Congreso un proyecto de ley de primer empleo para promover la creación de empleo formal y facilitar el ingreso de los jóvenes al mundo del trabajo.

El proyecto crea un nuevo régimen de empleo que establece exenciones e incentivos para los empleadores que incorporen a trabajadores con menos de tres años de experiencia en el mercado laboral formal, y con edades entre 18 y 24 años en todo el país. En la zona del Plan Belgrano no se implementará el límite de edad.

Con este régimen, quienes más se benefician son los jóvenes, las empresas de menos de 200 empleados, las personas con discapacidad, y las provincias del Plan Belgrano.

Los empleadores que incorporen nuevos trabajadores bajo este régimen estarán exentos del pago de distintos porcentajes de las contribuciones patronales, y podrán percibir incentivos económicos durante los primeros 36 meses de vida laboral del empleado. El porcentaje de exención y los incentivos irán disminuyendo a medida que el empleado transcurra los 36 meses de aportes contemplados por este régimen.

Para recibir el beneficio, la empresa debe aumentar su dotación de empleados sobre la base del promedio del último trimestre del 2015. Si en una empresa, por ejemplo, hubo 7 bajas y se contratan 3 jóvenes que cumplen los requisitos, la misma no podrá percibir las exenciones y los incentivos. Sí podrá acceder al beneficio si se demuestra que la planta está en crecimiento.

El régimen está destinado a trabajadores jóvenes entre 18 y 24 años en su primer empleo registrado (sin límite en zona del Plan Belgrano) o quienes registren menos de 36 meses de aportes a la seguridad social. Si un nuevo trabajador tiene aportes registrados menores a 36 meses, sea en relación de dependencia, como monotributista, como autónomo o en otros regímenes análogos, el empleador recibirá las exenciones por los meses restantes hasta que cumpla los 36 meses de aportes.

UNIVERSO BENEFICIADO I: Los incentivos y las exenciones son mayores para las empresas de hasta 200 empleados.

- UNIVERSO BENEFICIADO II: Las personas con discapacidad que sean contratadas por primera vez no se les computará los aportes anteriores. Tampoco se considerarán como aportes aquellos que fueron realizados por los monotributistas sociales.

- UNIVERSO BENEFICIADO III: El proyecto contempla mayores incentivos para los empleadores de

las 10 provincias del Plan Belgrano, y en este no tendrá límite de edad para los trabajadores.

- Los trabajadores tendrán garantizadas los aportes patronales durante todo el período en el que estén amparados por este régimen y se realizarán sus contribuciones personales al igual que cualquier trabajador.

Es decir, que durante su participación en este régimen, los trabajadores irán haciendo aportes normalmente.

Beneficios económicos: - En la zona del Plan Belgrano los beneficios llegan el primer año al 34% del salario bruto del trabajador en las empresas de menos de 200 personas, y al 27,2% en las empresas con más de 200 personas. Luego disminuyen progresivamente con un escalón de los 13 a 24 meses, y otro de los 25 a 36 meses. - En el resto del país alcanzan durante el primer año al 25% del salario bruto del trabajador en las empresas de menos de 200 personas, y al 20% en las empresas con más de 200 personas. Luego disminuyen progresivamente con un escalón de los 13 a 24 meses, y otro de los 25 a 36 meses.

Estos beneficios se reconocerán mensualmente parte en exenciones y parte como transferencia dineraria directa al empleador.

Los beneficios definidos tienen como tope el valor equivalente a 1,5 Salario Mínimo Vital y Móvil, quedando a cargo del empleador la diferencia en caso de salarios mayores.

En la reglamentación de la ley se definirá la forma de solicitar el beneficio, y su forma de reconocimiento.

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