Presidencia de la Nación

Continúa la protección de la industria nacional de calefactores: se prorrogó el derecho antidumping frente a importaciones originarias de China

DUMPING - CIERRE DE EXAMEN


El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 907/2023 declaró el cierre del examen por expiración del plazo de la medida antidumping dispuesta mediante la Resolución N° 593 de fecha 3 de noviembre de 2017 del ex Ministerio de Producción, en las exportaciones hacia la República Argentina de “Aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos, de uso doméstico, excluyendo los radiadores de aceite y los radiadores de acumulación”, originarias de China.

La resolución mantiene vigentes las medidas antidumping aplicadas en el año 2017, bajo la forma de un derecho ad valorem de 378%.

La solicitud de examen fue presentada por las firmas AXEL S.A. y LILIANA S.R.L., a comienzos de agosto de 2022, ante la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (SSPyGC), debido a que expiraba el plazo de los derechos impuestos en la investigación anterior y solicitaron así su revisión, en el marco del artículo 4° del Decreto N° 1.393/08.

Estas firmas representaron entre el 63% y el 77% de la producción nacional de calefactores, durante el período investigado.

La administración central de la firma LILIANA está radicada en Rosario, Provincia de Santa Fe y su fábrica se encuentra en Granadero Baigorria, una ciudad del conurbano rosarino. La empresa comenzó sus actividades en el año 1968 y específicamente la producción de calefactores, en el año 1980. Además, produce ventiladores, procesadoras de mesa, licuadoras, batidoras, aspiradoras, planchas, parrillas eléctricas, pavas eléctricas, hornos eléctricos y máscaras de protección facial.

La firma AXEL está ubicada en Rosario, Provincia de Santa Fe, e inició sus actividades en 1973, comenzando la producción de calefactores ese mismo año. Además del producto considerado, esta empresa produce todo tipo de artefactos para el hogar tales como ventiladores, secarropas, planchas, hornos eléctricos y purificadores.

Estas empresas peticionantes, en conjunto, emplean a más de 330 trabajadores y trabajadoras dedicados específicamente a la producción de calefactores.

Los calefactores son bienes de consumo durables y tienen utilización en el ámbito doméstico, independientemente de su lugar de instalación: a nivel del suelo, suspendidos o amurados en paredes. La calefacción eléctrica está muy difundida, debido a que casi la totalidad de las dependencias de los inmuebles cuentan con suministro eléctrico; esto no ocurre con el suministro de gas. Las ventajas de la calefacción eléctrica son que no consume oxígeno, no emite gases, no precisa de mantenimiento y es de fácil instalación. En este sentido, y con la prórroga de la medida también se protege a los consumidores masivos de estos productos cada vez más extendidos.

Como resultado del análisis conjunto de esta Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) y de la SSPYGC, se resolvió la continuidad por 5 años más de los derechos antidumping que permiten defender a la producción nacional de calefactores y el empleo de sus trabajadoras y trabajadores.

Para mayor información, consultá el expediente

*Este instrumento se encuentra al alcance de todas las empresas argentinas que consideren que sus productos se enfrentan una situación de discriminación internacional de precios respecto a productos importados. Para conocer los requisitos y cuestiones formales a tener en cuenta, hacé click aquí

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