Tubos de aluminio originarios de China: apertura del examen y cambio de circunstancias
DUMPING - APERTURA DE EXAMEN
El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 1753/2025, declaró procedente la apertura de examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias de las medidas antidumping dispuestas por la resolución 596 del 06 de noviembre de 2020 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, para las operaciones de exportación hacia la Argentina de “tubos de aluminio sin alear o de aleaciones de aluminio de las series 3xxx o 6xxx según norma IRAM 681, sin conformar, de diámetro exterior inferior o igual a 130 mm, incluso presentados en rollo, excepto los tubos de aluminio serie 3xxx de precisión trefilados comercialmente conocidos como pdt (precisión drawn tubing) con tratamiento térmico de recocido (en línea) que responden a las normas din en 573-3, similar a su homologo IRAM 681 (composición química), din en 754-2 (propiedades mecánicas) y din en 754-7 (tolerancias dimensionales) de los tipos utilizados para la producción de conjuntos o subconjuntos de sistemas de fluidos para la aplicación automotriz y agrovial” originarias de China, mercaderías que clasifican en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 7608.10.00 Y 7608.20.90.
En este caso, la autoridad competente consideró conveniente abrir el examen, sin mantener vigente la aplicación de las medidas impuestas en 2020, hasta tanto dure el procedimiento iniciado.
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