Presidencia de la Nación

Resolución 6 / 2000

GRUPO DEL MERCADO COMUN


MERCOSUR

RES. GMC NRO. 53/99 - CORRECCION -

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
18

MERCOSUR/GMC/RES Nº 6/2000

FE DE ERRATAS DE LA RES. GMC Nº 53/99

'GLOSARIO DE TERMINOLOGIA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA-MERCOSUR'

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 91/93 y 53/99 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 13/98 del SGT Nº 11 'Salud'.

CONSIDERANDO:

La instrucción impartida por la XXXVII Reunión del Grupo Mercado Común de que se efectúe una Fe de Erratas a la Res. GMC Nº 53/99.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1. — Efectuar la siguiente corrección del artículo 2º de la Resolución GMC Nº 53/99, donde dice 'Argentina: Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)' debe decir 'Argentina: Ministerio de Salud'.

Art. 2. — Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución, a través de los siguientes organismos:

ARGENTINA: Ministerio de Salud

BRASIL: Ministério da Saúde

PARAGUAY: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

URUGUAY: Ministerio de Salud Pública.

Art. 3. — Los Estados Parte del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del día 5/VII/00.

XXXVII GMC - Buenos Aires, 5/VII/00

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