Resolución 6 / 2000
GRUPO DEL MERCADO COMUN
MERCOSUR
RES. GMC NRO. 53/99 - CORRECCION -
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 29390
- Página:
- 18
MERCOSUR/GMC/RES Nº 6/2000
FE DE ERRATAS DE LA RES. GMC Nº 53/99
'GLOSARIO DE TERMINOLOGIA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA-MERCOSUR'
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 91/93 y 53/99 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 13/98 del SGT Nº 11 'Salud'.
CONSIDERANDO:
La instrucción impartida por la XXXVII Reunión del Grupo Mercado Común de que se efectúe una Fe de Erratas a la Res. GMC Nº 53/99.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1. — Efectuar la siguiente corrección del artículo 2º de la Resolución GMC Nº 53/99, donde dice 'Argentina: Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)' debe decir 'Argentina: Ministerio de Salud'.
Art. 2. — Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución, a través de los siguientes organismos:
ARGENTINA: Ministerio de Salud
BRASIL: Ministério da Saúde
PARAGUAY: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
URUGUAY: Ministerio de Salud Pública.
Art. 3. — Los Estados Parte del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del día 5/VII/00.
XXXVII GMC - Buenos Aires, 5/VII/00