Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMIA


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

Resolución 58/2018

RESOL-2018-58-APN-SAYBI#MA

Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-30385684- -APN-DGD#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y,

CONSIDERANDO

Que a través de la Resolución Nº RESOL-2017-190-MA de fecha 8 de agosto de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se creó el PROGRAMA DE FOMENTO DE LA BIOECONOMÍA en el ámbito de la entonces SUBSECRETARÍA DE BIOINDUSTRIA de la ex – SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del precitado Ministerio.

Que el citado PROGRAMA tiene como principal objetivo fomentar el desarrollo de la Bioeconomía como estrategia para la agregación de valor, una mayor eficiencia en el uso de los recursos y el desarrollo territorial en forma sustentable y sostenible.

Que la Bioeconomía se ha transformado en un medio válido de organización económica y social para el logro de los nuevos objetivos del desarrollo, recientemente resumidos por las NACIONES UNIDAS en su Agenda 2030.

Que el Artículo 5° de la mencionada Resolución Nº RESOL-2017-190-MA otorga a la ex- SUBSECRETARÍA DE BIOINDUSTRIA de la entonces SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del MINISTERO DE AGROINDUSTRIA la facultad de dictar las normas interpretativas y complementarias que resulten menester para mejorar la ejecución del PROGRAMA.

Que en consonancia con lo establecido en el párrafo precedente y con el propósito de mejorar el desarrollo del PROGRAMA, deviene necesario establecer la figura de un Coordinador Ejecutivo del mismo.

Que conforme al Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 sus modificatorios y complementarios, la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA tiene entre sus objetivos ejecutar dicho PROGRAMA.

Que en este marco, teniendo en cuanta las atribuciones propias de la mencionada Secretaría, y a fin de generar un mejor desenvolvimiento de las funciones de esta cartera, se estima oportuno delegar la ejecución del PROGRAMA DE FOMENTO DE LA BIOECONOMÍA a la Dirección de Bioenergía de la precitada Secretaría, que entre sus funciones tiene, las de asistir en el desarrollo y ejecución de programas y proyectos de investigación, asistencia técnica y financiera, tendientes a lograr capacidades e incentivar inversiones relacionadas con la bioenergía, la industrialización rural, el agregado de valor y las cuestiones ambientales, coordinar con las áreas competentes del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, estudios de identificación y evaluación de los factores para el fortalecimiento de la competitividad de los sectores vinculados a la producción y uso sostenible de la bioenergía, a nivel nacional e internacional, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible de las mismas, entre otras.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y complementarios y la mencionada Resolución Nº RESOL-2017-190-MA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Delégase la Ejecución del PROGRAMA DE FOMENTO DE LA BIOECONOMÍA, en adelante PROGRAMA, a la órbita de la Dirección de Bioenergía de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Reglamento Interno que, como Anexo registrado con el Nº IF-2018-34676227-APN-DBI#MA, forma parte integrante de la presente resolución

ARTÍCULO 3°.- La medida dispuesta por la presente resolución no implicará costo fiscal alguno, ni la creación de nuevas estructuras.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. William Andrew Murchison

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/07/2018 N° 54362/18 v. 30/07/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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