Ley 25863
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
CONMEMORACIONES
DIA DE LA CONSTITUCION NACIONAL
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 30318
- Página:
- 4
Ley 25.863
Declárase el 1° de mayo como Día de la Constitución Nacional, en conmemoración de su sanción el 1° de mayo de 1853 en la ciudad de Santa Fe.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Declárase el día 1° de mayo de cada año, como Día de la Constitución Nacional en conmemoración de su sanción, acaecida el 1° de mayo de 1853 en la ciudad de Santa Fe.
ARTICULO 2° — El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, en coincidencia con las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones y en el ámbito del Consejo Federal de Cultura y Educación, acordarán la inclusión de jornadas alusivas al día nacional instituido por el artículo anterior en los respectivos calendarios escolares y académicos de los niveles medio y superior. El objetivo de estas jornadas será el de reflexionar sobre los significados, importancia y efectividad de los postulados normativos de nuestra Constitución, particularmente, los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2003.
REGISTRADO BAJO EL N° 25.863
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.