Resolución 29196 / 2003
MINISTERIO DE ECONOMIA
SUPERINTENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
REF.: RES. NRO. 24828 - SUSTITUCIÓN ARTICULO
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 30133
- Página:
- 32
MINISTERIO DE ECONOMIA
Síntesis Resolución N° 29.196 del 10/ABR/2003
VISTO ... Y CONSIDERANDO ... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el artículo 4.2.2. de la Resolución N° 24.828 por el siguiente: "4.2.2. El pago del derecho de inscripción que anualmente deben abonar los Productores Asesores de Seguros y las Sociedades de Productores de Seguros antes del 30 de abril del año que corresponda, se efectuará a través de los dispositivos conectados a la RED LINK".
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Fdo.: CLAUDIO O. MORONI, Superintendente de Seguros.
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NOTA: La versión completa de la presente Resolución, se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B. Capital Federal.
e. 21/4 N° 412.324 v. 21/4/2003