Presidencia de la Nación

Ley 25582

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS (CAP.FED)

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
2

 

Ley 25.582

Declárase monumento histórico nacional al edificio que fuera el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, sito en la manzana ubicada entre las avenidas Nueve de Julio, Belgrano y las calles Moreno y Lima de la Capital Federal.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Conforme lo dispuesto por las Leyes 12.665 y 24.252, declárase monumento histórico nacional al edificio que fuera el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, sito en la manzana ubicada entre las avenidas Nueve de Julio, Belgrano y las calles Moreno y Lima de la Capital Federal.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOS.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.582 —

EDUARDO O CAMAÑO. — MARCELO E. LOPEZ ARIAS. — Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún.

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