Presidencia de la Nación

Ley 27819

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


ACUERDOS

APROBACION

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
4
ACUERDOS

Ley 27819

Aprobación.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1°- Apruébase el ACUERDO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) Y LA REPÚBLICA DE SINGAPUR, celebrado en la ciudad de Río de Janeiro -República Federativa del Brasil- el 7 de diciembre de 2023, que consta de diecinueve (19) Capítulos que, como ANEXO en los idiomas inglés, español y portugués, forma parte de la presente ley.

Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS 26 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.

REGISTRADO BAJO EL N° 27819

VICTORIA VILLARRUEL - MARTIN ALEXIS MENEM - Agustín Wenceslao Giustinian - Adrián Francisco Pagán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 15/09/2026 N° 66914/26 v. 15/09/2026

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII, AnexoVIII, AnexoIX, AnexoX, AnexoXI, AnexoXII, AnexoXIII, AnexoXIV, AnexoXV, AnexoXVI, AnexoXVII, AnexoXVIII, AnexoXIX, AnexoXX, AnexoXXI)
Scroll hacia arriba