Resolución 199 / 2026
INST.NAC. CENTRAL UNICO COORD. ABLACION E IMPLANTE
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE
IMPLEMENTACION DE FIRMA ELECTRONICA
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 35927
- Página:
- 16
Texto original de la norma
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 199/2026
RESFC-2026-199-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2026
VISTO el expediente EX-2026-53039278- -APN-DTYSI#INCUCAI; la Ley N° 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células; la Ley N° 25.506 de Firma Digital y sus modificatorias; el Decreto N° 16 de fecha 11 de diciembre de 2019, reglamentario de la Ley N° 27.447; el Decreto N° 891 de fecha 2 de noviembre de 2017, de Buenas Prácticas en Simplificación y la Resolución INCUCAI Nº 117/2004 y sus modificatorias; y
CONSIDERANDO
Que la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células establece el marco normativo para el desarrollo de las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la República Argentina.
Que el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto N° 16/2019, es autoridad de aplicación de la ley citada precedentemente y, en tal carácter, se encuentra facultado para normar, coordinar y fiscalizar el sistema nacional de procuración y trasplante.
Que la Resolución INCUCAI Nº 117/2004 aprobó el SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA), con el propósito de descentralizar la gestión y fiscalización de los datos mediante la participación de todos los actores que intervienen en los diferentes procesos; unificando la información en un registro único desarrollado y administrado por el INCUCAI.
Que la Ley Nº 25.506 reconoce y establece las condiciones para el empleo de la firma electrónica y la firma digital, otorgándoles validez jurídica y estableciendo el principio de equivalencia funcional respecto de la firma hológrafa.
Que el artículo 5° de la mencionada ley define la firma electrónica como el conjunto de datos electrónicos integrados o asociados de manera lógica a otros datos electrónicos, utilizados por el signatario como su medio de identificación, que carezca de alguno de los requisitos legales para ser considerada firma digital.
Que es imperativo para el INCUCAI avanzar hacia la despapelización y la eficiencia administrativa mediante la transformación digital de sus procesos críticos.
Que, en esa línea de acción, es un objetivo específico del SINTRA disponer de sistemas que permitan dicha transformación digital optimizando la transparencia, celeridad y seguridad en la gestión de la información sanitaria y administrativa.
Que el SINTRA, como plataforma centralizadora de los procesos de procuración y trasplante requiere un modelo de firma flexible que se adapte a las distintas etapas operativas, que incluya -entre otros- la inscripción en lista de espera, la donación y distribución de órganos y tejidos, la logística, fiscalización y los procesos administrativos.
Que la tecnología de cadena de bloques (blockchain), por sus características de descentralización, inmutabilidad y transparencia, constituye una plataforma adecuada para garantizar la trazabilidad de los actos realizados en el marco de los distintos procesos que se llevan a cabo.
Que la implementación del mecanismo de firma electrónica a través de la mencionada plataforma garantiza la continuidad operativa, ya que se mantiene el proceso de carga en el SINTRA, asegurando una transición fluida para los equipos de trasplante, financiadores, laboratorios y pacientes.
Que, asimismo, permite una validación instantánea desde la aplicación posibilitando cumplimentar etapas de fiscalización automáticamente en tiempo real y el control estratégico a través de un punto de revisión manual final en el SINTRA que garantiza la supervisión jurisdiccional y/o nacional.
Que a través de este sistema no sólo se optimizan recursos, sino que dota al proceso de una trazabilidad e inalterabilidad superior gracias al uso de esta nueva tecnología, que facilitará escalar este modelo de firma electrónica a otros procesos críticos de la actividad.
Que, en conclusión, la implementación de esta tecnología permite aplicar validación de identidad sobre todos los actores intervinientes, optimizar los tiempos de fiscalización, brindar mayor seguridad, calidad y transparencia a los procesos, y mejorar la experiencia de los usuarios, incluidos pacientes y prestadores.
Que resulta necesario aprobar el marco normativo que valide el uso de firmas electrónicas y digitales en todos los documentos emitidos y gestionados por el SINTRA.
Que, en el marco del proceso de diseño e implementación, se llevaron a cabo diversas reuniones informativas y mesas de trabajo técnico con los actores clave del sistema, incluidos los equipos de trasplante, entidades financiadoras, laboratorios de histocompatibilidad, representantes de la Superintendencia de Servicios de Salud, autoridades del Ministerio de Salud de la Nación, así como con las direcciones y áreas internas competentes del INCUCAI, con el fin de asegurar la viabilidad operativa y el consenso institucional del proyecto.
Que la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (COFETRA) ha tomado conocimiento y brindado el asesoramiento previsto en el artículo 61 de la Ley N° 27.447, en la reunión celebrada el 11 de marzo de 2026.
Que la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que quienes suscriben la presente son competentes para resolver en esta instancia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 57 apartados 1; 21; 29 y concordantes de la ley Nº 27.447 y el artículo 3 del Decreto N° 16/2019.
Que el presente tema se trató en reunión de Directorio el día 09 de junio de 2026, conforme surge del Acta N° 23.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO
COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Apruébase la implementación de Firma Electrónica en todos los procesos gestionados a través del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA) y sistemas periféricos institucionales, de conformidad a las especificaciones técnicas, alcances, actores intervinientes, funcionalidades, arquitectura y cronograma de ejecución que se establecen en el ANEXO ÚNICO (IF-2026-57363175-APN-DTYSI#INCUCAI) que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°. - Dispónese que la certificación de identidad digital de los usuarios del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA), deberá ajustarse a los recaudos previstos en el ANEXO ÚNICO aprobado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°. – Establécese que los documentos, certificaciones, actas de distribución y constancias generadas en soporte electrónico y suscriptas mediante mecanismos de firma electrónica o digital en el marco de esta normativa, gozarán de plena validez jurídica y eficacia administrativa, siendo equivalentes a la firma hológrafa.
ARTÍCULO 4°. – Dispónese que hasta tanto se complete la implementación plena del sistema de firma electrónica, los actores intervinientes podrán continuar operando conforme los procedimientos vigentes.
ARTÍCULO 5°. - Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN del INCUCAI adoptar las medidas necesarias para la implementación de los mecanismos de firma electrónica en todos los procesos del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA) y sistemas periféricos institucionales.
ARTÍCULO 6°. - La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°. - Regístrese, comuníquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Oportunamente archívese.
Carlos Soratti - Richard Malan - Gabriela Hidalgo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución 199/2026
RESFC-2026-199-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2026
VISTO el expediente EX-2026-53039278- -APN-DTYSI#INCUCAI; la Ley N° 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células; la Ley N° 25.506 de Firma Digital y sus modificatorias; el Decreto N° 16 de fecha 11 de diciembre de 2019, reglamentario de la Ley N° 27.447; el Decreto N° 891 de fecha 2 de noviembre de 2017, de Buenas Prácticas en Simplificación y la Resolución INCUCAI Nº 117/2004 y sus modificatorias; y
CONSIDERANDO
Que la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células establece el marco normativo para el desarrollo de las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la República Argentina.
Que el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto N° 16/2019, es autoridad de aplicación de la ley citada precedentemente y, en tal carácter, se encuentra facultado para normar, coordinar y fiscalizar el sistema nacional de procuración y trasplante.
Que la Resolución INCUCAI Nº 117/2004 aprobó el SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA), con el propósito de descentralizar la gestión y fiscalización de los datos mediante la participación de todos los actores que intervienen en los diferentes procesos; unificando la información en un registro único desarrollado y administrado por el INCUCAI.
Que la Ley Nº 25.506 reconoce y establece las condiciones para el empleo de la firma electrónica y la firma digital, otorgándoles validez jurídica y estableciendo el principio de equivalencia funcional respecto de la firma hológrafa.
Que el artículo 5° de la mencionada ley define la firma electrónica como el conjunto de datos electrónicos integrados o asociados de manera lógica a otros datos electrónicos, utilizados por el signatario como su medio de identificación, que carezca de alguno de los requisitos legales para ser considerada firma digital.
Que es imperativo para el INCUCAI avanzar hacia la despapelización y la eficiencia administrativa mediante la transformación digital de sus procesos críticos.
Que, en esa línea de acción, es un objetivo específico del SINTRA disponer de sistemas que permitan dicha transformación digital optimizando la transparencia, celeridad y seguridad en la gestión de la información sanitaria y administrativa.
Que el SINTRA, como plataforma centralizadora de los procesos de procuración y trasplante requiere un modelo de firma flexible que se adapte a las distintas etapas operativas, que incluya -entre otros- la inscripción en lista de espera, la donación y distribución de órganos y tejidos, la logística, fiscalización y los procesos administrativos.
Que la tecnología de cadena de bloques (blockchain), por sus características de descentralización, inmutabilidad y transparencia, constituye una plataforma adecuada para garantizar la trazabilidad de los actos realizados en el marco de los distintos procesos que se llevan a cabo.
Que la implementación del mecanismo de firma electrónica a través de la mencionada plataforma garantiza la continuidad operativa, ya que se mantiene el proceso de carga en el SINTRA, asegurando una transición fluida para los equipos de trasplante, financiadores, laboratorios y pacientes.
Que, asimismo, permite una validación instantánea desde la aplicación posibilitando cumplimentar etapas de fiscalización automáticamente en tiempo real y el control estratégico a través de un punto de revisión manual final en el SINTRA que garantiza la supervisión jurisdiccional y/o nacional.
Que a través de este sistema no sólo se optimizan recursos, sino que dota al proceso de una trazabilidad e inalterabilidad superior gracias al uso de esta nueva tecnología, que facilitará escalar este modelo de firma electrónica a otros procesos críticos de la actividad.
Que, en conclusión, la implementación de esta tecnología permite aplicar validación de identidad sobre todos los actores intervinientes, optimizar los tiempos de fiscalización, brindar mayor seguridad, calidad y transparencia a los procesos, y mejorar la experiencia de los usuarios, incluidos pacientes y prestadores.
Que resulta necesario aprobar el marco normativo que valide el uso de firmas electrónicas y digitales en todos los documentos emitidos y gestionados por el SINTRA.
Que, en el marco del proceso de diseño e implementación, se llevaron a cabo diversas reuniones informativas y mesas de trabajo técnico con los actores clave del sistema, incluidos los equipos de trasplante, entidades financiadoras, laboratorios de histocompatibilidad, representantes de la Superintendencia de Servicios de Salud, autoridades del Ministerio de Salud de la Nación, así como con las direcciones y áreas internas competentes del INCUCAI, con el fin de asegurar la viabilidad operativa y el consenso institucional del proyecto.
Que la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (COFETRA) ha tomado conocimiento y brindado el asesoramiento previsto en el artículo 61 de la Ley N° 27.447, en la reunión celebrada el 11 de marzo de 2026.
Que la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que quienes suscriben la presente son competentes para resolver en esta instancia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 57 apartados 1; 21; 29 y concordantes de la ley Nº 27.447 y el artículo 3 del Decreto N° 16/2019.
Que el presente tema se trató en reunión de Directorio el día 09 de junio de 2026, conforme surge del Acta N° 23.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO
COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Apruébase la implementación de Firma Electrónica en todos los procesos gestionados a través del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA) y sistemas periféricos institucionales, de conformidad a las especificaciones técnicas, alcances, actores intervinientes, funcionalidades, arquitectura y cronograma de ejecución que se establecen en el ANEXO ÚNICO (IF-2026-57363175-APN-DTYSI#INCUCAI) que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°. - Dispónese que la certificación de identidad digital de los usuarios del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA), deberá ajustarse a los recaudos previstos en el ANEXO ÚNICO aprobado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°. – Establécese que los documentos, certificaciones, actas de distribución y constancias generadas en soporte electrónico y suscriptas mediante mecanismos de firma electrónica o digital en el marco de esta normativa, gozarán de plena validez jurídica y eficacia administrativa, siendo equivalentes a la firma hológrafa.
ARTÍCULO 4°. – Dispónese que hasta tanto se complete la implementación plena del sistema de firma electrónica, los actores intervinientes podrán continuar operando conforme los procedimientos vigentes.
ARTÍCULO 5°. - Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN del INCUCAI adoptar las medidas necesarias para la implementación de los mecanismos de firma electrónica en todos los procesos del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA) y sistemas periféricos institucionales.
ARTÍCULO 6°. - La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°. - Regístrese, comuníquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Oportunamente archívese.
Carlos Soratti - Richard Malan - Gabriela Hidalgo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/06/2026 N° 40055/26 v. 10/06/2026
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
ANEXO UNICO
IMPLEMENTACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA EN LOS PROCESOS DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA).
1. OBJETIVO GENERAL
El presente Anexo describe las especificaciones técnicas, el alcance, los actores, las funcionalidades, la arquitectura de solución y el cronograma de ejecución para la implementación de los mecanismos de firma electrónica sobre plataforma cadena de bloques (blockchain) en los distintos procesos del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE (SINTRA).
La medida tiene por objetivo brindar mayor trazabilidad, transparencia y seguridad jurídica a los procesos institucionales que requieran actos de certificación, autorización o validación por parte de los actores intervinientes, dejando evidencia inmutable en la red blockchain de cada intervención realizada.
2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Aplicar mecanismos de validación de identidad y firma electrónica en cada etapa de los procesos.
• Aumentar la trazabilidad y transparencia del proceso mediante el registro en blockchain de cada intervención de los actores.
• Aumentar la eficiencia y eficacia en el manejo de documentos que intervienen en los procesos.
• Generar una cultura de gestión sin papel en los operadores del SINTRA.
• Disminuir los tiempos de fiscalización del proceso.
• Mejorar la experiencia de los usuarios, incluidos pacientes, prestadores y organismos intervinientes.
• Sentar las bases de una arquitectura reutilizable y extensible para otros procesos del Organismo que requieran firma electrónica.
3. MARCO TECNOLÓGICO
3.1 Tecnología Cadena de Bloques (Blockchain)
Es una tecnología diseñada para administrar un registro de datos en línea, caracterizada por ser transparente e incorruptible. En lugar de tener información centralizada, se trata de una cadena de bloques replicada en una red de pares, en la que los datos se agregan únicamente a partir del consenso de las partes intervinientes. Ninguna persona, ni siquiera quienes almacenan una copia de la información, puede alterar datos en la cadena de bloques.
La adopción de esta tecnología permite:
• Reducir costos, tiempo y complejidad en los intercambios de información intergubernamentales y público-privados.
• Reducir la burocracia mediante el uso de contratos inteligentes programables.
• Aumentar la automatización, transparencia, auditabilidad y responsabilidad de la información registrada.
3.2 Identidad digital
La identidad digital es la digitalización de las interacciones de personas físicas o jurídicas, que permite vincular información con una persona en concreto y realizar un manejo eficaz y seguro de sus datos. La identidad digital de cada actor del sistema estará representada por una dirección blockchain única, vinculada a una billetera de credenciales digitales.
3.3 Firma electrónica sobre Blockchain
La firma electrónica sobre blockchain opera mediante los siguientes pasos:
• Aplicación: se aplica la firma generando en el sistema un algoritmo del que se extrae un resumen criptográfico del documento.
• Encriptación: se genera una llave virtual que encripta el resumen y se adjunta al documento.
• Certificación: el sistema valida el documento por parte del firmante, generando una llave pública para verificación por el receptor.
• Recepción y desencriptación: el receptor obtiene la llave pública y puede acceder a la desencriptación del documento.
• Comparación: se genera un nuevo resumen del documento original y se compara con el encriptado. Si coinciden, el documento ha llegado a destino sin alteraciones.
4. ALCANCE
Comprende las tareas de análisis, diseño, desarrollo e implementación de la solución de firma electrónica sobre blockchain en aquellos procesos del INCUCAI que sean definidos oportunamente por las autoridades competentes, sin limitarse a ningún módulo o flujo en particular.
La arquitectura de la solución tendrá carácter reutilizable, con tecnologías de código abierto (open source), con vocación de extensión a otros procesos del Organismo. Cada proceso incorporado al proyecto será objeto de un análisis específico que definirá las etapas, actores, esquemas de firmas y formularios o constancias involucrados.
5. ACTORES INTERVINIENTES
Los actores que podrán contar con identidad digital y firma electrónica en el sistema variarán según el proceso alcanzado. La definición exacta de actores y roles para cada proceso formará parte de la documentación de análisis de la etapa correspondiente.
6. FUNCIONALIDADES A DESARROLLAR
6.1 Portal de Administración
• Administración de usuarios y grupos de pertenencia.
• Administración de certificación de identidad.
• Administración de notificaciones.
• Administrador de workflow de firmas electrónicas para los documentos de cada proceso incorporado.
6.2 Aplicación Móvil
• Cambio de estados de una petición.
• Firma de cambios de estado.
• Módulo de notificaciones de pendientes de firma
6.3 API Web (integración con SINTRA)
• Integración segura con los sistemas de información del INCUCAI, incluido el Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante (SINTRA) y otros sistemas que sean relevantes para los procesos incorporados.
6.4 Identidad Digital
• Creación de cuenta única por persona (dirección blockchain + clave privada).
• Generación de firma electrónica asociada a cada identidad digital.
• Asociación de personas con grupos y esquemas de firmas.
• Validación de identidad mediante mecanismos del RENAPER.
• Registro en blockchain de cada acto de firma realizado por los actores.
7. PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE IDENTIDAD DIGITAL
Por la criticidad de los procesos alcanzados, la certificación de identidad de cada usuario del sistema seguirá los siguientes pasos obligatorios:
• El interesado se da de alta como usuario en el sistema, quedando en estado pendiente de aprobación.
• El interesado presenta nota certificada en soporte físico en la repartición correspondiente, con los datos requeridos para su validación.
• Si la nota es aceptada y concuerda con los datos del usuario registrado, el administrador lo habilita desde el portal de administración.
• El usuario recibe una notificación de habilitación.
8. ARQUITECTURA DE SOLUCIÓN
8.1 Red Blockchain
La red blockchain a utilizar será evaluada al momento de la implementación, tomando en cuenta los siguientes parámetros:
• Costos de transacción.
• Cantidad de nodos.
• Mecanismos de consenso.
• Velocidad y cantidad de transacciones por segundo.
8.2 Identidad y Firma Digital
La identidad de cada persona u organización estará representada por una dirección blockchain única vinculada a una billetera de credenciales digitales. La firma digital habilitará la suscripción de documentos y contenidos, reemplazando la firma manuscrita en el proceso.
8.3 Ambientes
El sistema se desplegará, al menos, en dos ambientes: Producción y QA (Quality Assurance / Control de Calidad).
8.4 Comunicaciones Seguras
La solución establecerá canales de comunicación directos y seguros entre los actores intervinientes, aprovechando las capacidades de la plataforma blockchain.
8.5 Extensibilidad y Reutilización
La arquitectura estará diseñada de manera modular para facilitar la incorporación progresiva de nuevos procesos sin necesidad de rediseñar la infraestructura base. Cada nuevo proceso se incorporará como un módulo adicional sobre la plataforma existente, reutilizando los componentes de identidad digital, firma electrónica y registro en blockchain ya implementados.
9. ACTIVIDADES DE IMPLEMENTACIÓN
Las Direcciones a cargo de la implementación deberán llevar a cabo las siguientes actividades:
• Notificar a todos los interesados directa o indirectamente en el proyecto sobre el avance, las implicancias y su línea de tiempo.
• Desplegar el sistema en los ambientes requeridos.
• Establecer el plan de salida a producción por fases.
• Definir el responsable de la administración del proceso de otorgamiento de permisos y gestión de usuarios.
• Asegurar el correcto acceso al aplicativo por parte de todos los actores intervinientes.
• Establecer un Plan de Soporte con su correspondiente estructura de escalamiento.
• Definir la/s especialidad/es y centro/s de trasplante que conformarán el alcance inicial.
• Diseñar el nuevo proceso de las especialidades incluidas en el alcance.
• Redactar o modificar las normas y resoluciones impactadas por el alcance del proyecto.
• Diseñar y ejecutar un Plan de Comunicación que abarque a los actores internos y externos (áreas del INCUCAI, centros médicos, laboratorios, centros de diálisis, entre otros).
• Diseñar y ejecutar un Plan de Capacitación para los distintos actores intervinientes.
• Redactar un Plan de Contingencia ante incidentes que afecten la funcionalidad del sistema.
• Trabajar en el enriquecimiento de datos críticos para la implementación (correos electrónicos, teléfonos, etc.) de todos los actores intervinientes.
10. CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
Se organizará en las siguientes etapas:
Etapa 1 - Análisis y Diseño
Se trabajará en detalle sobre los requerimientos involucrados en el proceso o conjunto de procesos definido, y se elaborará el diseño de la arquitectura a implementar. Esta etapa incluye el relevamiento de actores, flujos de proceso, esquemas de firmas, formularios o constancias involucrados y requerimientos de integración con los sistemas del Organismo.
Etapa 2 - Desarrollo
Se ejecutarán las tareas de desarrollo con entregables parciales por sprint para validación con los usuarios clave. Los entregables de cada versión serán definidos al momento de elaboración del plan de trabajo correspondiente.
Etapa 3 - Test de Usuario (por sprint)
En cada entrega parcial se realizará la recepción de feedback por parte de los interesados y el desarrollo de ajustes sobre la versión desplegada.
Etapa 4 - Implementación en Producción
Se procederá a la instalación de la versión revisada en el ambiente de producción del INCUCAI. Esta etapa culminará con la versión mejorada del sistema aprobada por los interesados y disponible para su uso operativo.
Las líneas de tiempo de cada etapa serán definidas en el plan de trabajo correspondiente a cada proceso incorporado al proyecto, en función de su complejidad y el estado de avance de la plataforma base.
IMPLEMENTACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA EN LOS PROCESOS DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA).
1. OBJETIVO GENERAL
El presente Anexo describe las especificaciones técnicas, el alcance, los actores, las funcionalidades, la arquitectura de solución y el cronograma de ejecución para la implementación de los mecanismos de firma electrónica sobre plataforma cadena de bloques (blockchain) en los distintos procesos del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE (SINTRA).
La medida tiene por objetivo brindar mayor trazabilidad, transparencia y seguridad jurídica a los procesos institucionales que requieran actos de certificación, autorización o validación por parte de los actores intervinientes, dejando evidencia inmutable en la red blockchain de cada intervención realizada.
2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Aplicar mecanismos de validación de identidad y firma electrónica en cada etapa de los procesos.
• Aumentar la trazabilidad y transparencia del proceso mediante el registro en blockchain de cada intervención de los actores.
• Aumentar la eficiencia y eficacia en el manejo de documentos que intervienen en los procesos.
• Generar una cultura de gestión sin papel en los operadores del SINTRA.
• Disminuir los tiempos de fiscalización del proceso.
• Mejorar la experiencia de los usuarios, incluidos pacientes, prestadores y organismos intervinientes.
• Sentar las bases de una arquitectura reutilizable y extensible para otros procesos del Organismo que requieran firma electrónica.
3. MARCO TECNOLÓGICO
3.1 Tecnología Cadena de Bloques (Blockchain)
Es una tecnología diseñada para administrar un registro de datos en línea, caracterizada por ser transparente e incorruptible. En lugar de tener información centralizada, se trata de una cadena de bloques replicada en una red de pares, en la que los datos se agregan únicamente a partir del consenso de las partes intervinientes. Ninguna persona, ni siquiera quienes almacenan una copia de la información, puede alterar datos en la cadena de bloques.
La adopción de esta tecnología permite:
• Reducir costos, tiempo y complejidad en los intercambios de información intergubernamentales y público-privados.
• Reducir la burocracia mediante el uso de contratos inteligentes programables.
• Aumentar la automatización, transparencia, auditabilidad y responsabilidad de la información registrada.
3.2 Identidad digital
La identidad digital es la digitalización de las interacciones de personas físicas o jurídicas, que permite vincular información con una persona en concreto y realizar un manejo eficaz y seguro de sus datos. La identidad digital de cada actor del sistema estará representada por una dirección blockchain única, vinculada a una billetera de credenciales digitales.
3.3 Firma electrónica sobre Blockchain
La firma electrónica sobre blockchain opera mediante los siguientes pasos:
• Aplicación: se aplica la firma generando en el sistema un algoritmo del que se extrae un resumen criptográfico del documento.
• Encriptación: se genera una llave virtual que encripta el resumen y se adjunta al documento.
• Certificación: el sistema valida el documento por parte del firmante, generando una llave pública para verificación por el receptor.
• Recepción y desencriptación: el receptor obtiene la llave pública y puede acceder a la desencriptación del documento.
• Comparación: se genera un nuevo resumen del documento original y se compara con el encriptado. Si coinciden, el documento ha llegado a destino sin alteraciones.
4. ALCANCE
Comprende las tareas de análisis, diseño, desarrollo e implementación de la solución de firma electrónica sobre blockchain en aquellos procesos del INCUCAI que sean definidos oportunamente por las autoridades competentes, sin limitarse a ningún módulo o flujo en particular.
La arquitectura de la solución tendrá carácter reutilizable, con tecnologías de código abierto (open source), con vocación de extensión a otros procesos del Organismo. Cada proceso incorporado al proyecto será objeto de un análisis específico que definirá las etapas, actores, esquemas de firmas y formularios o constancias involucrados.
5. ACTORES INTERVINIENTES
Los actores que podrán contar con identidad digital y firma electrónica en el sistema variarán según el proceso alcanzado. La definición exacta de actores y roles para cada proceso formará parte de la documentación de análisis de la etapa correspondiente.
6. FUNCIONALIDADES A DESARROLLAR
6.1 Portal de Administración
• Administración de usuarios y grupos de pertenencia.
• Administración de certificación de identidad.
• Administración de notificaciones.
• Administrador de workflow de firmas electrónicas para los documentos de cada proceso incorporado.
6.2 Aplicación Móvil
• Cambio de estados de una petición.
• Firma de cambios de estado.
• Módulo de notificaciones de pendientes de firma
6.3 API Web (integración con SINTRA)
• Integración segura con los sistemas de información del INCUCAI, incluido el Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante (SINTRA) y otros sistemas que sean relevantes para los procesos incorporados.
6.4 Identidad Digital
• Creación de cuenta única por persona (dirección blockchain + clave privada).
• Generación de firma electrónica asociada a cada identidad digital.
• Asociación de personas con grupos y esquemas de firmas.
• Validación de identidad mediante mecanismos del RENAPER.
• Registro en blockchain de cada acto de firma realizado por los actores.
7. PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE IDENTIDAD DIGITAL
Por la criticidad de los procesos alcanzados, la certificación de identidad de cada usuario del sistema seguirá los siguientes pasos obligatorios:
• El interesado se da de alta como usuario en el sistema, quedando en estado pendiente de aprobación.
• El interesado presenta nota certificada en soporte físico en la repartición correspondiente, con los datos requeridos para su validación.
• Si la nota es aceptada y concuerda con los datos del usuario registrado, el administrador lo habilita desde el portal de administración.
• El usuario recibe una notificación de habilitación.
8. ARQUITECTURA DE SOLUCIÓN
8.1 Red Blockchain
La red blockchain a utilizar será evaluada al momento de la implementación, tomando en cuenta los siguientes parámetros:
• Costos de transacción.
• Cantidad de nodos.
• Mecanismos de consenso.
• Velocidad y cantidad de transacciones por segundo.
8.2 Identidad y Firma Digital
La identidad de cada persona u organización estará representada por una dirección blockchain única vinculada a una billetera de credenciales digitales. La firma digital habilitará la suscripción de documentos y contenidos, reemplazando la firma manuscrita en el proceso.
8.3 Ambientes
El sistema se desplegará, al menos, en dos ambientes: Producción y QA (Quality Assurance / Control de Calidad).
8.4 Comunicaciones Seguras
La solución establecerá canales de comunicación directos y seguros entre los actores intervinientes, aprovechando las capacidades de la plataforma blockchain.
8.5 Extensibilidad y Reutilización
La arquitectura estará diseñada de manera modular para facilitar la incorporación progresiva de nuevos procesos sin necesidad de rediseñar la infraestructura base. Cada nuevo proceso se incorporará como un módulo adicional sobre la plataforma existente, reutilizando los componentes de identidad digital, firma electrónica y registro en blockchain ya implementados.
9. ACTIVIDADES DE IMPLEMENTACIÓN
Las Direcciones a cargo de la implementación deberán llevar a cabo las siguientes actividades:
• Notificar a todos los interesados directa o indirectamente en el proyecto sobre el avance, las implicancias y su línea de tiempo.
• Desplegar el sistema en los ambientes requeridos.
• Establecer el plan de salida a producción por fases.
• Definir el responsable de la administración del proceso de otorgamiento de permisos y gestión de usuarios.
• Asegurar el correcto acceso al aplicativo por parte de todos los actores intervinientes.
• Establecer un Plan de Soporte con su correspondiente estructura de escalamiento.
• Definir la/s especialidad/es y centro/s de trasplante que conformarán el alcance inicial.
• Diseñar el nuevo proceso de las especialidades incluidas en el alcance.
• Redactar o modificar las normas y resoluciones impactadas por el alcance del proyecto.
• Diseñar y ejecutar un Plan de Comunicación que abarque a los actores internos y externos (áreas del INCUCAI, centros médicos, laboratorios, centros de diálisis, entre otros).
• Diseñar y ejecutar un Plan de Capacitación para los distintos actores intervinientes.
• Redactar un Plan de Contingencia ante incidentes que afecten la funcionalidad del sistema.
• Trabajar en el enriquecimiento de datos críticos para la implementación (correos electrónicos, teléfonos, etc.) de todos los actores intervinientes.
10. CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
Se organizará en las siguientes etapas:
Etapa 1 - Análisis y Diseño
Se trabajará en detalle sobre los requerimientos involucrados en el proceso o conjunto de procesos definido, y se elaborará el diseño de la arquitectura a implementar. Esta etapa incluye el relevamiento de actores, flujos de proceso, esquemas de firmas, formularios o constancias involucrados y requerimientos de integración con los sistemas del Organismo.
Etapa 2 - Desarrollo
Se ejecutarán las tareas de desarrollo con entregables parciales por sprint para validación con los usuarios clave. Los entregables de cada versión serán definidos al momento de elaboración del plan de trabajo correspondiente.
Etapa 3 - Test de Usuario (por sprint)
En cada entrega parcial se realizará la recepción de feedback por parte de los interesados y el desarrollo de ajustes sobre la versión desplegada.
Etapa 4 - Implementación en Producción
Se procederá a la instalación de la versión revisada en el ambiente de producción del INCUCAI. Esta etapa culminará con la versión mejorada del sistema aprobada por los interesados y disponible para su uso operativo.
Las líneas de tiempo de cada etapa serán definidas en el plan de trabajo correspondiente a cada proceso incorporado al proyecto, en función de su complejidad y el estado de avance de la plataforma base.
IF-2026-57363175-APN-DTYSI#INCUCAI