Presidencia de la Nación

Resolución 66 / 2026

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA


MINISTERIO DE ECONOMIA

CUOTA HILTON - ESTABLECESE PLAZO DE INSCRIPCION

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
27
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESOL-2026-66-APN-SAGYP#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2026

VISTO el Expediente Nº EX-2026-47770661- -APN-DGDAGYP#MEC, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT) y el Acuerdo De Marrakech por el que se establece la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO, aprobados por la Ley Nº 24.425, el Reglamento de Ejecución (UE) Nº 2020/761 de fecha 17 de diciembre de 2019 de la COMISIÓN de la UNIÓN EUROPEA y sus modificatorios, el Reglamento Nº 2020/1.432 de fecha 15 de diciembre de 2020, del DEPARTAMENTO DE HACIENDA y del DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ALIMENTOS Y ASUNTOS RURALES del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, la Resolución Nº 242 de fecha 11 de diciembre de 2025 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que la COMISIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA dictó el Reglamento de Ejecución (UE) Nº 2020/761, y sus modificatorios, que reemplaza al entonces Reglamento de Ejecución (UE) Nº 593/2013, por el que se asignan anualmente VEINTINUEVE MIL TRESCIENTAS OCHENTA Y NUEVE TONELADAS (29.389 t.) a la REPÚBLICA ARGENTINA, en el marco del contingente arancelario de carnes vacunas de alta calidad enfriadas deshuesadas comúnmente denominado “Cuota Hilton”, a partir del 1 de julio de cada año.

Que por el Reglamento Nº 2020/1.432, Parte B, numeral 3, del DEPARTAMENTO DE HACIENDA y el DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ALIMENTOS Y ASUNTOS RURALES del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE se asignaron CIENTO ONCE TONELADAS (111 t) de carnes bovinas enfriadas deshuesadas de calidad superior originarias de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que ambos contingentes arancelarios inician el 1 de julio de cada año y finalizan el 30 de junio del año siguiente.

Que por la Resolución Nº 242 de fecha 11 de diciembre de 2025 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria, en el Anexo I, Sección A, se aprobó el actual régimen para la distribución y asignación del cupo tarifario de cortes vacunos deshuesados de calidad superior comúnmente denominado “Cuota Hilton” con vigencia hasta el 30 de junio de 2030, para la UNIÓN EUROPEA y para el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE.

Que deviene necesario fijar el período de inscripción para el ciclo comercial 2026-2027, así como los requisitos a que deberán atenerse los postulantes a la cuota, conforme lo establecido en el referido Anexo I, Sección A, de la mencionada Resolución Nº 242/25.

Que el régimen normativo debe asegurar el abastecimiento regular de carnes al mercado internacional a lo largo de todo el período del contingente.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese que el plazo de inscripción para el contingente arancelario de cortes enfriados vacunos deshuesados de alta calidad (Cuota Hilton) asignados por la UNIÓN EUROPEA y el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE a la REPÚBLICA ARGENTINA, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027, iniciará a partir de las CERO HORAS (00:00 hs) del día de entrada en vigor de la presente medida y por el término de QUINCE (15) días corridos.

Los interesados deberán completar el formulario correspondiente a través del Trámite a Distancia (TAD) denominado “Solicitud para acceder a una licencia de exportación - Cuota Hilton 2026/2027”, y cumplimentar los requisitos de acceso con la documentación que en cada caso se detalla en los Anexos I (IF-2026-49872648-APN-SSMAEII#MEC) y II (IF-2026-49872805-APN-SSMAEII#MEC), que forman parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 2º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sergio Iraeta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/05/2026 N° 35177/26 v. 26/05/2026

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I

REQUISITOS DE LA DECLARACIÓN JURADA PARA LA SOLICITUD DE CUPO Y ACREDITACIÓN DE LOS MISMOS DE LA CATEGORÍA INDUSTRIA

Para participar en la distribución del cupo tarifario denominado 'Cuota Hilton', los interesados deberán acceder a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y una vez completo el formulario inicial, adjuntar en formato PDF o EXCEL, según corresponda, la documentación que se detalla a continuación a efectos de acreditar los requisitos previstos en el Punto 4 del Anexo I, Sección A, del REGLAMENTO (Resolución N° 242 de fecha 11 de diciembre de 2025 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria)

a) Para la categoría INDUSTRIA los solicitantes deberán declarar:

1. Que el postulante se encuentre debidamente inscripto ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA (IGJ) de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS o la autoridad registral correspondiente a su jurisdicción, a fin de acreditar la constitución / existencia de la persona jurídica conforme lo dispuesto por la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones.

La Autoridad de Aplicación verificará de oficio la existencia de la sociedad comercial.

2. Copia del poder extendido a favor de una persona humana determinada, cuyo mandato lo faculte para actuar en su nombre y representación, con alcance suficiente para intervenir en cualquier actuación vinculada al presente contingente arancelario.

En caso que el titular de la empresa actúe como representante del postulante deberá adjuntar, en su lugar, el Acta de Designación de Autoridades.

3. Instrumento que acredite la titularidad del establecimiento en que se va a producir este cupo; o bien su carácter de tenedor o poseedor mediante la presentación del instrumento pertinente.

Si el postulante es actualmente adjudicatario de la cuota de carnes bovinas con ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, podrá acreditar tal condición con el mismo instrumento presentado para la adjudicación de dicho cupo, siempre que no tenga una antigüedad mayor a UN (1) año.

4. Nota dirigida a la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscripta por el titular/ representante/ apoderado de la empresa, que detalle la Cantidad de Toneladas que se compromete a exportar con destino a la UNIÓN EUROPEA y el Programa de Faena Mensual previsto para satisfacer lo requerido en la solicitud.

5. Nota dirigida a la citada SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscripta por el titular/ representante/ apoderado de la empresa, que detalle el cronograma de exportaciones mensualizado previsto para satisfacer lo requerido en la solicitud.

6. Los sujetos interesados en participar deberán declarar a través de TAD el número de establecimiento para producir y/o elaborar y exportar con destino a UNIÓN EUROPEA, a fin de que la citada SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL del mencionada Secretaría verifique de oficio que dicho establecimiento posee habilitación vigente debidamente otorgada por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

7. Asimismo, deberán declarar el número de establecimiento en que se encuentra inscripto como operador en el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE OPERADORES DE CARNES Y LÁCTEOS (SIOCAL) de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA; ello a fin de que la referida SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL verifique de oficio que dicha matrícula se encuentra vigente.

8. Los postulantes podrán adjuntar documentación adicional referida a registro de marcas comerciales con las que operarán dentro del cupo, experiencia en el negocio de comercialización de carnes vacunas, listado de tentativo de importadores y clientes, etcétera, en caso que lo consideren conveniente a los efectos de aclarar los Puntos 1 a 7.

9. Identificación de los antecedentes de exportación dentro del contingente y/o a todos los destinos. Los mismos deberán presentarse en una planilla EXCEL con los siguientes campos: exportador, fecha de embarque cumplido, permiso de embarque, destino de la operación, toneladas exportadas y valor FOB de la operación, únicamente de las posiciones arancelarias previstas en el criterio distributivo (0201.30 y 0202.30), para los años 2023, 2024 y 2025 (año calendario).

En el caso de cesión de antecedentes de exportación, deberá atender las condiciones establecidas en el Punto 3.c) del REGLAMENTO de la Cuota.

RECUERDE que los nuevos postulantes deberán acreditar antecedentes de exportación de por lo menos UN (1) año.

b) Para aquellos postulantes que se presenten por primera vez como postulantes nuevos, además de lo requerido para la categoría de INDUSTRIA, deberán agregar:

1. Copia de los contratos constitutivos, estatutos o reglamentos junto con las modificaciones debidamente inscriptas ante el organismo de contralor pertinente, con documentación que acredite que el/los signatario/s de la solicitud, poseen representación suficiente como para realizar la presentación y obligar al presunto adjudicatario.

La documentación requerida en el Punto a.8) será obligatoria para los postulantes nuevos.

c) Las empresas que conformen GRUPOS ECONÓMICOS, además de lo requerido en el punto a) y/o b) según sea el caso, deberán agregar:

1. Documento legal que acredite la constitución de un Grupo Económico. Para los grupos económicos de hecho, nota o documento que especifique tal situación.

2. Identificación de la Sociedad Controlada o Controlante, según corresponda, mediante copia de Estatutos Societarios y su debida inscripción ante el organismo de contralor.

Si el postulante es actualmente adjudicatario de la Cuota de carnes bovinas con ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, podrá acreditar tal condición con el mismo instrumento presentado para la adjudicación de dicho cupo.

d) Condiciones generales: En todos los casos previstos en el presente Anexo, la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA verificará de oficio que la nómina de establecimientos posean la habilitación sanitaria correspondiente expedida por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para producir mercaderías con destino a ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Asimismo, verificará de oficio que dicho/s operador/es se encuentren debidamente inscriptos y con matrícula vigente ante el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE OPERADORES DE CARNES Y LÁCTEOS (SIOCAL) de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, cuando corresponda.

Las respectivas habilitaciones e inscripciones deberán estar vigentes al momento de publicación de la presente medida. En el caso de las habilitaciones del SENASA, las mismas deberán estar vigentes al 30 de mayo de 2026.

e) Condiciones adicionales para acceder al cupo tarifario con destino al REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE

Los postulantes interesados en acceder a dicho cupo deberán presenta nota en carácter de declaración jurada indicando expresamente su intención de exportar al REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE y deberán adjuntar los antecedentes de exportación en formato EXCEL a tal destino.

 IF-2026-49872648-APN-SSMAEII#MEC



ANEXO II

REQUISITOS DE LA DECLARACIÓN JURADA PARA LA SOLICITUD DE CUPO Y ACREDITACIÓN DE LOS MISMOS DE LA CATEGORÍA PROYECTOS CONJUNTOS

Para participar en la distribución del cupo tarifario denominado 'Cuota Hilton', los interesados deberán acceder a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y una vez completo el formulario inicial, adjuntar en formato PDF o EXCEL, según corresponda, la documentación que se detalla a continuación a efectos de acreditar los requisitos previstos en el Punto 4 del Anexo I, Sección A, del REGLAMENTO (Resolución SAGYP N° 242/25)

a) Los Grupos de Productores deberán adjuntar:

1. Instrumento actualizado (estatuto, acta o contrato por la que se conforma el Grupo) que acredite la constitución del proyecto a la fecha de la presentación de la solicitud para participar de los cupos, debidamente inscripto ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA (IGJ) de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS o ante el órgano de contralor que corresponda, según su jurisdicción.

Los proyectos conjuntos que se encuentren participando del contingente arancelario de la Cuota de carnes bovinas con ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA podrán acreditar el extremo del presente requisito con una declaración jurada indicando tal situación, siempre que el documento cuente con una antigüedad menor a UN (1) año.

2. Nota dirigida a la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por medio de la cual declare el listado de los productores originales del Proyecto.

3. Las cartas de los productores autenticadas donde se indique:

i.  Nombre y Apellido o Razón Social del Productor

ii.  Documento Nacional de Identidad (DNI) o Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.)

iii.  Domicilio Real y Legal

iv.  Teléfono de contacto

v.  Nombre del Establecimiento ganadero

vi.  Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA)

vii.  Ubicación del Establecimiento ganadero

viii.  Superficie del Establecimiento (en hectáreas)

ix.  Volumen de hacienda total del productor

x.  Volumen de hacienda comprometido por el productor (en cabezas de ganado).

xi.  Indicar si el productor participa de otro proyecto conjunto

El total de cabezas de ganado comprometidas deberá satisfacer el total de toneladas dispuesto a exportar.

La conversión de cabezas de ganado en kilos de carne se regirá por los parámetros y coeficientes establecidos por la SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

4. Asimismo, deberán adjuntar la siguiente documentación del/los establecimiento/s asociado/s al proyecto:

i. Nota dirigida a la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA por medio de la cual el titular, apoderado o representante legal de los establecimientos frigoríficos habilitados UE involucrados en el Proyecto, manifiesten el compromiso de faena y/o depostada en los mismos y/o la propia pertenencia al Proyecto.

ii. Declaración jurada del exportador vinculado al proyecto y la Constancia de CUIT de/los mismos.

5. Nota dirigida a la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscripta por el representante del Proyecto Conjunto, que detalle la Cantidad de Toneladas que se compromete a exportar a la UNIÓN EUROPEA, el Programa de Faena Mensual previsto para satisfacer el tonelaje comprometido y el cronograma de exportaciones mensualizado previsto.

6. Copia del poder extendido a favor de una persona humana determinada, cuyo mandato lo faculte para actuar en su nombre y representación, con alcance suficiente para intervenir en cualquier actuación vinculada al cupo tarifario.

En caso que el titular del Proyecto actúe como representante del postulante deberá adjuntar, en su lugar, el Acta de Designación de Autoridades.

7. Nota dirigida a la citada SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscripta por el representante del Proyecto Conjunto, con descripción de las actividades del mismo (marcas propias, clientes, trabajos científicos, experiencia previa en el negocio de comercialización de carnes, forma de pago de la hacienda al productor, etcétera).

8. Identificación de los antecedentes de exportación dentro del contingente y/o a todos los destinos. Los mismos deberán presentarse en una planilla EXCEL con los siguientes campos: exportador, fecha de embarque cumplido, permiso de embarque, destino de la operación, toneladas exportadas y valor FOB de la operación, únicamente de las posiciones arancelarias previstas en el criterio distributivo (0201.30 y 0202.30), para los años 2023, 2024 y 2025 (año calendario).

En el caso de cesión de antecedentes de exportación, deberá atender las condiciones establecidas en el Punto 3.c) del REGLAMENTO de la Cuota.

b) Las Asociaciones de Criadores deberán adjuntar la documentación que seguidamente se consigna:

1. Última modificación del contrato constitutivo, estatutos sociales, contratos y/o cualquier otra documentación que acredite la constitución del Proyecto como Asociación de Criadores de raza bovina.

Los proyectos conjuntos que se encuentren participando del contingente arancelario de la Cuota de carnes bovinas con ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA podrán acreditar el extremo del presente requisito con una declaración jurada indicando tal situación, siempre que el documento cuente con una antigüedad menor a UN (1) año.

2. Que el postulante se encuentre debidamente inscripto ante la citada INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA (IGJ) o la autoridad de contralor que corresponda, según su jurisdicción.

Los proyectos conjuntos que se encuentren participando del contingente arancelario de la Cuota Hilton podrán acreditar el extremo del presente requisito con una declaración jurada indicando tal situación.

3.  Nómina de autoridades actualizada de la Asociación de Criadores.

4. Adjuntar las cartas de los productores originales autenticadas donde se indique:

i. Nombre y Apellido o Razón Social del Productor

ii.  Documento Nacional de Identidad (DNI) o Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.)

iii. Domicilio Real y Legal

iv.  Teléfono de contacto

v.  Nombre del Establecimiento ganadero

vi.  Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA)

vii.  Ubicación del Establecimiento ganadero

viii.  Superficie del Establecimiento (en hectáreas)

ix.  Volumen de hacienda total del productor

x.  Volumen de hacienda comprometido por el productor (en cabezas de ganado).

xi.  Indicar si el productor participa de otro proyecto conjunto

El total de cabezas de ganado comprometidas deberá satisfacer el total de toneladas dispuesto a exportar.

La conversión de cabezas de ganado en kilos de carne se regirá por los parámetros y coeficientes establecidos por la SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

5. Asimismo, deberán adjuntar la siguiente documentación del/los establecimiento/s asociado/s al Proyecto:

i. Nota dirigida a la referida SUBSECRETARÍA MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA por medio de la cual el titular, apoderado o representante legal de los establecimientos frigoríficos habilitados UE involucrados en el Proyecto, manifieste el compromiso de faena y/o depostada en los mismos y/o la propia pertenencia al Proyecto.

ii. Declaración jurada del exportador vinculado al proyecto y constancia de CUIT.

6. Nota dirigida a la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscripta por el representante del Proyecto Conjunto, que detalle la Cantidad de Toneladas que se compromete a exportar a la UNIÓN EUROPEA, el Programa de Faena Mensual previsto para satisfacer el tonelaje comprometido y el cronograma de exportaciones mensualizado previsto.

7.  Copia del poder extendido a favor de una persona humana determinada, cuyo mandato lo faculte para actuar en su nombre y representación, con alcance suficiente para intervenir en cualquier actuación vinculada al cupo tarifario.

En caso que el titular del Proyecto actúe como representante del postulante deberá adjuntar, en su lugar, el Acta de Designación de Autoridades.

8. Nota dirigida a la citada SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscripta por el representante del Proyecto Conjunto, con descripción de las actividades del mismo (marcas propias, clientes, trabajos científicos, experiencia previa en el negocio de comercialización de carnes, forma de pago de la hacienda al productor, etcétera).

9. Identificación de los antecedentes de exportación dentro del contingente y/o a todos los destinos. Los mismos deberán presentarse en una planilla EXCEL con los siguientes campos: exportador, fecha de embarque cumplido, permiso de embarque, destino de la operación, toneladas exportadas y valor FOB de la operación, únicamente de las posiciones arancelarias previstas en el criterio distributivo (0201.30 y 0202.30), para los años 2023, 2024 y 2025 (año calendario).

En el caso de cesión de antecedentes de exportación, deberá atender las condiciones establecidas en el Punto 3.c) del REGLAMENTO de la Cuota.

c)  Proyectos Nuevos

Los Proyectos Nuevos deberán cumplimentar con la documentación requerida en el Punto a), apartados 1 a 7; o Punto b), apartados 1 a 8 del presente Anexo y, asimismo, en el apartado 7 del Punto a) o 8 del Punto b) deberán indefectiblemente incluir una breve descripción del Proyecto; las cartas de intención de importadores; facsímil de la folletería; utilización de marca propia, en caso de corresponder; y experiencia adquirida en el negocio exportador de ganados y carnes.

d) Condiciones generales para todas las subcategorías: En todos los casos previstos en el presente Anexo, la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA verificará de oficio que la nómina de establecimientos asociados al Proyecto posean la habilitación sanitaria correspondiente expedida por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para producir mercaderías con destino a ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Asimismo, verificará de oficio que dicho/s operador/es frigoríficos, y los proyectos que revistan la condición de Grupo de Productores, se encuentren debidamente inscriptos y con matrícula vigente ante el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE OPERADORES DE CARNES Y LÁCTEOS (SIOCAL) de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE

ECONOMÍA; ello a fin de que la referida SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL verifique de oficio que dicha matrícula se encuentra vigente.

Las respectivas habilitaciones e inscripciones deberán estar vigentes al momento de publicación de la presente medida. En el caso de las habilitaciones del SENASA, las mismas deberán estar vigentes al 30 de mayo de 2026.

e) Condiciones adicionales para acceder al cupo tarifario con destino al REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE

Los Proyectos de todas las subcategorías interesados en acceder a dicho cupo deberán presentar nota en carácter de declaración jurada indicando expresamente su intención de exportar al REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE y deberán adjuntar los antecedentes de exportación en formato Excel a tal destino, así como las cartas de intención de los potenciales clientes.

IF-2026-49872805-APN-SSMAEII#MEC
Scroll hacia arriba