Directiva 56 / 2019
COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
MERCOSUR
MODIFICACION DE LA DECISION CMC N° 1/09 Y DE LA DIRECTIVA CCM N° 41/2011
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 34985
- Página:
- 59
Texto original de la norma
MERCOSUR/CCM/DIR N° 56/19
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 01/09 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones N° 05/15, 07/19 y 30/19 del Grupo Mercado Común y la Directiva N° 41/11 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que el Régimen de Origen MERCOSUR faculta a la Comisión de Comercio del MERCOSUR a modificar dicho Régimen por medio de Directivas.
Que es necesario adecuar los requisitos específicos de origen del Régimen de Origen del MERCOSUR a las modificaciones de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
Que las Resoluciones GMC N° 07/19 y 30/19 modifican la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
Art. 1 - Modificar el Apéndice I del Anexo de la Decisión CMC N° 01/09 y el Anexo de la Directiva CCM N° 41/11, en sus versiones en español y portugués, conforme consta en el Anexo que forma parte de la presente Directiva.
Art. 2 - Solicitar a los Estados Partes signatarios del Acuerdo de Complementación Económica N° 18 (ACE N° 18) que instruyan a sus respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), a protocolizar la presente Directiva en el marco del ACE N° 18, en los términos establecidos en la Resolución GMC N° 43/03.
Art. 3 - Esta Directiva deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Partes antes del 01/1/2020.
ADECUACIÓN DE REQUISITOS ESPECÍFICOS DE ORIGEN
(MODIFICACIÓN DE LA DECISIÓN CMC N° 01/09 Y
DE LA DIRECTIVA CCM N° 41/11)
(MODIFICACIÓN DE LA DECISIÓN CMC N° 01/09 Y
DE LA DIRECTIVA CCM N° 41/11)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 01/09 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones N° 05/15, 07/19 y 30/19 del Grupo Mercado Común y la Directiva N° 41/11 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que el Régimen de Origen MERCOSUR faculta a la Comisión de Comercio del MERCOSUR a modificar dicho Régimen por medio de Directivas.
Que es necesario adecuar los requisitos específicos de origen del Régimen de Origen del MERCOSUR a las modificaciones de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
Que las Resoluciones GMC N° 07/19 y 30/19 modifican la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Modificar el Apéndice I del Anexo de la Decisión CMC N° 01/09 y el Anexo de la Directiva CCM N° 41/11, en sus versiones en español y portugués, conforme consta en el Anexo que forma parte de la presente Directiva.
Art. 2 - Solicitar a los Estados Partes signatarios del Acuerdo de Complementación Económica N° 18 (ACE N° 18) que instruyan a sus respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), a protocolizar la presente Directiva en el marco del ACE N° 18, en los términos establecidos en la Resolución GMC N° 43/03.
Art. 3 - Esta Directiva deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Partes antes del 01/1/2020.
CLXVIII CCM - Montevideo, 25/IX/19.