Disposición 31 / 2025
DIRECCION REGIONAL CENTRO II
AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO
REGIMEN DE REEMPLAZOS- MODIFICACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 35664
- Página:
- 65
Texto original de la norma
DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO II
DI-2025-31-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2025
VISTO la DI-2017-37-APN-DIRCII#AFIP, la DI-2022-8-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM, la DI-2024-73-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM, y
CONSIDERANDO:
Que por las Disposiciones citada en el VISTO se estableció el Régimen de Reemplazos Transitorios para diferentes Jefaturas de la Dirección Regional Centro II.
Que por razones de índole funcional, la Sección Control de Gestión (DI RCII) y la División Gestiones y Devoluciones (DI RCII) proponen modificar el Régimen de Reemplazos para casos de ausencia o impedimento.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición 7/18 (AFIP), procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL JEFE (INT.) DE LA DIVISIÓN FISCALIZACIÓN NRO 1 SEGUNDO REEMPLAZANTE A CARGO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO II DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°- Modificar el Régimen de Reemplazos Transitorios establecido en la DI-2017-37-APNDIRCII#AFIP, la DI-2022-8-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM, y la DI-2024-73-E-AFIPDIRCII#SDGOPIM para las Jefaturas de la Sección Control de Gestión y la División Gestiones y Devoluciones, dependientes de la Dirección Regional Centro II, el que quedará establecido de la forma que seguidamente se detalla:
ARTICULO 2º - Consignar vigencia de la presente Disposición a partir de la fecha de emisión.
ARTICULO 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la División Administrativa (DI RCII) para su registro en el Sistema Sarha UR y archívese.
E/E Ariel Osvaldo Dato
DI-2025-31-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2025
VISTO la DI-2017-37-APN-DIRCII#AFIP, la DI-2022-8-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM, la DI-2024-73-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM, y
CONSIDERANDO:
Que por las Disposiciones citada en el VISTO se estableció el Régimen de Reemplazos Transitorios para diferentes Jefaturas de la Dirección Regional Centro II.
Que por razones de índole funcional, la Sección Control de Gestión (DI RCII) y la División Gestiones y Devoluciones (DI RCII) proponen modificar el Régimen de Reemplazos para casos de ausencia o impedimento.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición 7/18 (AFIP), procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL JEFE (INT.) DE LA DIVISIÓN FISCALIZACIÓN NRO 1 SEGUNDO REEMPLAZANTE A CARGO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO II DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°- Modificar el Régimen de Reemplazos Transitorios establecido en la DI-2017-37-APNDIRCII#AFIP, la DI-2022-8-E-AFIP-DIRCII#SDGOPIM, y la DI-2024-73-E-AFIPDIRCII#SDGOPIM para las Jefaturas de la Sección Control de Gestión y la División Gestiones y Devoluciones, dependientes de la Dirección Regional Centro II, el que quedará establecido de la forma que seguidamente se detalla:
ARTICULO 2º - Consignar vigencia de la presente Disposición a partir de la fecha de emisión.
ARTICULO 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la División Administrativa (DI RCII) para su registro en el Sistema Sarha UR y archívese.
E/E Ariel Osvaldo Dato
e. 13/05/2025 N° 30969/25 v. 13/05/2025