Presidencia de la Nación

Disposición 316 / 2025

DIRECCION REGIONAL MAR DEL PLATA (DGI)


AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO

REGIMEN DE REEMPLAZOS

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
49
DIRECCIÓN REGIONAL MAR DEL PLATA

DI-2025-316-E-AFIP-DIRMDP#SDGOPII

Mar del Plata, Buenos Aires, 07/05/2025

VISTO el régimen de reemplazos vigente y,

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto N° 953 (24/10/2024) se creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Que mediante el Decreto N° 13 del de fecha 6/01/2025 se propició el aprovechamiento racional de los recursos humanos y materiales de la aludida AGENCIA, con la puesta en funcionamiento de una estructura organizativa simplificada

Que por Disposición N° 3/2025 (ARCA) (BO 07/01/2025), se aprobó un retiro voluntario de funcionarios del Organismo.

Que las circunstancias detalladas han generado modificaciones significativas, tanto en la estructura de la Institución como en el funcionamiento de la misma,

Que en función de lo expuesto, resulta necesario practicar modificaciones al Régimen de Reemplazos Transitorios vigente - para casos de ausencia o impedimento de las Jefaturas de esta Dirección Regional Mar del Plata -, estableciendo una única norma que proporcione claridad y coherencia en la aplicación del mismo,

Que de conformidad con el ejercicio de las atribuciones conferidas por la DI-2024-12-E-AFIP-AFIP, en mérito a las facultades delegadas en la DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y el Decreto N° 953/24 (PEN), corresponde disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL MAR DEL PLATA DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

DISPONE:

ARTICULO 1°: Establecer un nuevo Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de las Jefaturas de Unidades de Estructura de esta Dirección Regional Mar del Plata, adecuándolo conforme lo dispuesto en el Anexo I IF-2025-01741569-AFIP-DIRMDP#SDGOPII anexo al presente Artículo.

ARTÍCULO 2°: Déjese sin efecto toda otra disposición que se oponga a la presente.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Eduardo Tymkiw

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/05/2025 N° 30450/25 v. 12/05/2025

Nota Infoleg:
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