Presidencia de la Nación

Ley 23992

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


CONGRESO DE LA NACION

LEY 13640 - SU MODIFICACION

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Ley Nº 23.992

Modificación de la Ley Nº 13.640

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º - En la Ley 13.640, modificada por la Ley 23.821:

a) En el artículo 1º, donde dice 'artículo 72 de la Constitución Nacional', debe entenderse 'artículo 71 de la Constitución Nacional';

b) En el artículo 3º, donde dice 'artículo 73 de la Constitución Nacional', debe entenderse 'artículo 72 de la Constitución Nacional'.

ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. - ALBERTO R. PIERRI. - EDUARDO MENEM. - Esther H. Pereyra Arandia de Pérez Pardo. - Hugo R. Flombaum.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.
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