Resolución Sintetizada 1221 / 2023
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
ANEXO - APROBACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 35238
- Página:
- 52
Texto original de la norma
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1221/2023
RESOL-2023-1221-APN-ENACOM#JGM FECHA 18/08/2023 ACTA 90
EX-2023-86411372-APN-DNFYD#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Aprobar como ANEXO I, identificado como IF-2023-86461476-APN-AFYDP#ENACOM las localidades comprendidas en la sexta etapa de la “Convocatoria para la Adjudicación de Aportes No Reembolsables, destinados al despliegue de red y prestación de Servicios de Comunicaciones Móviles en Localidades de Menos de 500 habitantes” aprobada por el Artículo 1° de la Resolución ENACOM N° 2.026/2021.
2.- Publíquese por el plazo de 3 días, en 2 diarios de circulación con alcance nacional, el ANEXO I aprobado por el Artículo 1° de la presente.
3.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.-
Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución Sintetizada 1221/2023
RESOL-2023-1221-APN-ENACOM#JGM FECHA 18/08/2023 ACTA 90
EX-2023-86411372-APN-DNFYD#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Aprobar como ANEXO I, identificado como IF-2023-86461476-APN-AFYDP#ENACOM las localidades comprendidas en la sexta etapa de la “Convocatoria para la Adjudicación de Aportes No Reembolsables, destinados al despliegue de red y prestación de Servicios de Comunicaciones Móviles en Localidades de Menos de 500 habitantes” aprobada por el Artículo 1° de la Resolución ENACOM N° 2.026/2021.
2.- Publíquese por el plazo de 3 días, en 2 diarios de circulación con alcance nacional, el ANEXO I aprobado por el Artículo 1° de la presente.
3.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.-
Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/08/2023 N° 65991/23 v. 23/08/2023
Nota Infoleg:
Nota Infoleg:por art. 1° de laResolución N° 1493/2025del Ente Nacional de Comunicaciones B.O. 29/12/2025 se da por finalizada las CONVOCATORIAS ETAPA I, II, III, IV, V y VI DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES EN LOCALIDADES DE MENOS DE 500 HABITANTES, dictadas en el marco del PROGRAMA DE DESPLIEGUE DE REDES DE ACCESO A SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES
Nota Infoleg:por art. 1° de laResolución N° 1493/2025del Ente Nacional de Comunicaciones B.O. 29/12/2025 se da por finalizada las CONVOCATORIAS ETAPA I, II, III, IV, V y VI DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES EN LOCALIDADES DE MENOS DE 500 HABITANTES, dictadas en el marco del PROGRAMA DE DESPLIEGUE DE REDES DE ACCESO A SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES