Ley 23064
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
LEY DE TRANSITO
SUSPENSION POR 180 DIAS
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 25444
Texto original de la norma
Suspéndese la vigencia de la Ley de facto N° 22.934
LEY N° 23.064
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° - Suspéndase por el plazo de ciento ochenta (180) días la vigencia de la norma de facto N° 22.934, recuperando su vigencia durante ese período las leyes de tránsito Nros. 13.893 y 14.224.
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cuatro.
LEY N° 23.064
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° - Suspéndase por el plazo de ciento ochenta (180) días la vigencia de la norma de facto N° 22.934, recuperando su vigencia durante ese período las leyes de tránsito Nros. 13.893 y 14.224.
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cuatro.
| J. C. PUGLIESE | V.H. MARTINEZ |
| Carlos A. Bravo | Antonio J. Macris |
-Registrada bajo el N° 23.064-