Ley 27277
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
DECLARACIONES OFICIALES
CAPITAL NACIONAL DEL PETROLEO
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 33477
- Página:
- 1
Texto original de la norma
Ley 27277
Desígnase a la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Capital Nacional del Petróleo.
ARTÍCULO 1° — Desígnase a la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, Capital Nacional del Petróleo, en reconocimiento a su papel protagónico en el nacimiento y desarrollo de la explotación hidrocarburífera en el país.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
Desígnase a la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Capital Nacional del Petróleo.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Desígnase a la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, Capital Nacional del Petróleo, en reconocimiento a su papel protagónico en el nacimiento y desarrollo de la explotación hidrocarburífera en el país.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
— REGISTRADO BAJO EL N° 27277 —
EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.