Ley 23862
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
ACTIVIDADES DEL SEGURO
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 26998
- Página:
- 1
Ley Nº 23.862
Declárase la plena vigencia de la Ley 23.126 para las actividades del Seguro y del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 11/75. Derógase el artículo 10 de la llamada Ley 22.425.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Derógase el artículo 10 de la llamada Ley 22.425 que dispone la suspensión del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 11/75.
ARTICULO 2º — Declárase la plena vigencia de la Ley 23.126 para las actividades del seguro y del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 11/75.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Juan Estrada. — Hugo R. Flombaum.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA.