Ley 27239
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
MEMORANDUM
FORTALECIMIENTO DE LA COOPERACION EN MATERIA DE EDUCACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 33282
- Página:
- 6
Texto original de la norma
MEMORÁNDUM
Ley 27239
Memorándum de Entendimiento sobre el Fortalecimiento de la Cooperación en Materia de Educación. Aprobación.
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Memorándum de Entendimiento entre la República Argentina y la República Islámica de Pakistán sobre el Fortalecimiento de la Cooperación en Materia de Educación, celebrado en la ciudad de Islamabad —República Islámica de Pakistán— el 3 de abril de 2014, que consta de once (11) artículos, cuya copia autenticada, en idiomas español e inglés, forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Nota Infoleg::
Ley 27239
Memorándum de Entendimiento sobre el Fortalecimiento de la Cooperación en Materia de Educación. Aprobación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Memorándum de Entendimiento entre la República Argentina y la República Islámica de Pakistán sobre el Fortalecimiento de la Cooperación en Materia de Educación, celebrado en la ciudad de Islamabad —República Islámica de Pakistán— el 3 de abril de 2014, que consta de once (11) artículos, cuya copia autenticada, en idiomas español e inglés, forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADO BAJO EL N° 27239 —
JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Nota Infoleg::