Ley 352
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
PRESUPUESTO NACIONAL
CREDITO SUPLEMENTARIO - ABRESE
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Texto original de la norma
Ley Núm. 352.
Ley abriendo al Poder Ejecutivo un crédito de cuatro mil pesos fuertes para gastos de impresiones.
Buenos Aires, Octubre 6 de 1869.
El Senado y Cámara, etc.
Art. 1º Abrese un crédito suplementario al inciso 3º, item 4º, artículo 5º, del Presupuesto vigente por la cantidad de cuatro mil pesos fuertes para atender en el resto del presente año á los gastos que originen las impresiones de la Administracion Nacional.Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.