Ley 27017
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
PROTOCOLOS
PROTOCOLO MODIFICATORIO ORGANIZACION HIDROGRAFICA INTERNACIONAL - APROBACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 33031
- Página:
- 3
Texto original de la norma
PROTOCOLOS
Ley 27.017
Organización Hidrográfica Internacional. Protocolo Modificatorio. Aprobación.
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Protocolo sobre la Modificación del Convenio Relativo a la Organización Hidrográfica Internacional, adoptado en el Principado de Mónaco durante la Tercera Conferencia Hidrográfica Internacional que tuvo lugar entre el 11 y el 15 de abril de 2005, que consta de veinte (20) artículos, cuya copia autenticada, en idiomas español e inglés, forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Nota Infoleg:
Ley 27.017
Organización Hidrográfica Internacional. Protocolo Modificatorio. Aprobación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Protocolo sobre la Modificación del Convenio Relativo a la Organización Hidrográfica Internacional, adoptado en el Principado de Mónaco durante la Tercera Conferencia Hidrográfica Internacional que tuvo lugar entre el 11 y el 15 de abril de 2005, que consta de veinte (20) artículos, cuya copia autenticada, en idiomas español e inglés, forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL N° 27.017 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Nota Infoleg: