Decreto S 3130/1979
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
DECRETOS - RECTIFICANSE
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 32628
- Página:
- 1
Texto original de la norma
DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 3130/1979
Bs. As., 10/12/1979
VISTO el Decreto N° 155, del 21 de enero de 1975 y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa,
y
CONSIDERANDO:
Que el volumen creciente de tareas y la multiplicidad de actividades que encara el Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas hacen necesaria una adecuación de su estructura orgánico-funcional a sus actuales exigencias.
Que el redimensionamiento previsto es mínimo con relación a las reales necesidades encuadrándose dentro de las pautas vigentes de contención del gasto público.
Que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 234/69, cuando se modifica una estructura el presente debe tener el carácter de rectificatorio de aquel que la aprobó.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Rectifícanse los Decretos N° 2286, del 14 de mayo de 1969; N° 6668, del 31 de diciembre de 1971; N° 493, del 23 de enero de 1973 y N° 155, del 21 de enero de 1975 por los cuales se aprobó y rectificó respectivamente la estructura orgánico-funcional del Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas en lo referente a su Agrupamiento Funcional que como Anexo I y Ia forman parte integrante del presente.
Art. 2° — El gasto que demande la aplicación de lo dispuesto precedentemente se imputará a la Jurisdicción 45 - Finalidad 2 - Función 90 - Programa 003 “Conducción y Administración” Inciso 11 - Partida Principal 1110.
Art. 3° — Comuníquese y archívese. — VIDELA.
Decreto S 3130/1979
Bs. As., 10/12/1979
VISTO el Decreto N° 155, del 21 de enero de 1975 y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa,
y
CONSIDERANDO:
Que el volumen creciente de tareas y la multiplicidad de actividades que encara el Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas hacen necesaria una adecuación de su estructura orgánico-funcional a sus actuales exigencias.
Que el redimensionamiento previsto es mínimo con relación a las reales necesidades encuadrándose dentro de las pautas vigentes de contención del gasto público.
Que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 234/69, cuando se modifica una estructura el presente debe tener el carácter de rectificatorio de aquel que la aprobó.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Rectifícanse los Decretos N° 2286, del 14 de mayo de 1969; N° 6668, del 31 de diciembre de 1971; N° 493, del 23 de enero de 1973 y N° 155, del 21 de enero de 1975 por los cuales se aprobó y rectificó respectivamente la estructura orgánico-funcional del Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas en lo referente a su Agrupamiento Funcional que como Anexo I y Ia forman parte integrante del presente.
Art. 2° — El gasto que demande la aplicación de lo dispuesto precedentemente se imputará a la Jurisdicción 45 - Finalidad 2 - Función 90 - Programa 003 “Conducción y Administración” Inciso 11 - Partida Principal 1110.
Art. 3° — Comuníquese y archívese. — VIDELA.
ANEXO I
ANEXO Ia.