Ley 26836
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
CONMEMORACIONES
ACUÑACION MONEDA BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO DE 1810
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 32551
- Página:
- 1
Texto original de la norma
CONMEMORACION
Ley 26.836
Conmemoración del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810. Acuñación de moneda de curso legal.
Promulgada : Diciembre 27 de 2012
Ley 26.836
Conmemoración del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810. Acuñación de moneda de curso legal.
Promulgada : Diciembre 27 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Se dispone la acuñación de una moneda de curso legal vigente en conmemoración del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810, con la imagen —en el anverso— de las Cataratas del Iguazú.
ARTICULO 2º — El Banco Central de la República Argentina y la Casa de Moneda, adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente ley.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.836 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.