Ley 15899
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
SERVICIO EXTERIOR
EMBAJADA ANTE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA- CREASE
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 19649
- Página:
- 1
Texto original de la norma
SERVICIO EXTERIOR
LEY N° 15.899
Embajada ante la Comunidad Económica Europea- Créase.
POR CUANTO:
ARTICULO 1° - Créase la embajada de la República ante la Comunidad Económica Europea, con sede en la ciudad de Bruselas, Bélgica.
ARTICULO 2° - Los gastos que origino el cumplimiento de la presente ley se imputarán a rentas generales hasta su inclusión en el presupuesto de la Nación.
ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y uno.
OSCAR L. SERROT ALFREDO GARCIA
Alejandro N. Barraza Eduardo T. Oliver
LEY N° 15.899
Embajada ante la Comunidad Económica Europea- Créase.
POR CUANTO:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
LEY:
ARTICULO 1° - Créase la embajada de la República ante la Comunidad Económica Europea, con sede en la ciudad de Bruselas, Bélgica.
ARTICULO 2° - Los gastos que origino el cumplimiento de la presente ley se imputarán a rentas generales hasta su inclusión en el presupuesto de la Nación.
ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y uno.
OSCAR L. SERROT ALFREDO GARCIA
Alejandro N. Barraza Eduardo T. Oliver
Registrada bajo el N° 15.899