Resolución 1424/2011
SECRETARIA DE TRABAJO
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - OTRO - REG. 1489, 1490 Y 1491/11
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 32283
- Página:
- 50
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1424/2011
Registros Nº 1489/2011, Nº 1490/2011 y Nº 1491/2011
Bs. As., 19/10/2011
VISTO el Expediente Nº 1.428.729/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 40/41, 42 y 43/44 del Expediente Nº 1.428.729/11 obran los Acuerdos celebrados entre
Que mediante los acuerdos precitados las partes convienen condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07, conforme surge de los términos del texto pactado.
Que en relación con el pago de asignaciones no remunerativas, pactadas en el acuerdo obrante a fojas 43/44 del Expediente Nº 1.428.729/11, debe tenerse presente que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, en principio, de origen legal y de aplicación restrictiva. Correlativamente, la atribución autónoma de tal carácter es excepcional y, salvo en supuestos especiales legalmente previstos, debe tener validez transitoria.
Que en función de ello, se indica que en eventuales futuros acuerdos deberán establecer el modo y plazo en que dichas sumas no remunerativas cambiarán tal carácter.
Que el ámbito de aplicación de los presentes Acuerdos se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditad los recaudos formales exigidos por
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los mentados Acuerdos.
Que
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los Acuerdos de referencia, por intermedio de
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre
ARTICULO 2º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre
ARTICULO 3º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre
ARTICULO 4º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de
ARTICULO 5º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 6º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a
ARTICULO 7º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los Acuerdos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de
ARTICULO 8º — Comuníquese, publíquese, dése a
Expediente Nº 1.428.729/11
Buenos Aires, 24 de octubre de 2011
De conformidad con lo ordenado en
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de diciembre de 2010 siendo las 14:30 horas se reúnen en la sede central de
| Categoría | Valor Hora | Asignación NO Remunerativa |
| Of. Esp Mult. | 12,90 | 663,00 |
| A CPU | 11,80 | 640,00 |
| Of. Esp. | 11,47 | 544,00 |
| Oficial | 11,07 | 534,00 |
| A | 10,67 | 524,00 |
| B | 10,41 | 518,00 |
| C | 9,75 | 502,00 |
| D | 9,68 | 500,00 |
2.- En el mes de diciembre de 2010 se le abonará a todo el personal encuadrado en el convenio AOT- Mafis S.A. una asignación extraordinaria por única vez de $ 200.- (pesos doscientos). La misma tendrá carácter No Remunerativo y absorberá el monto que por el mismo concepto u otro similar otorgue el Poder Ejecutivo Nacional y/o Provincial o acuerde
3.- En los meses de diciembre de 2010, enero y febrero de 2011, se liquidará a todas las categorías del convenio mencionado, con excepción de la categoría “D” una suma No remunerativa de $ 260.- (pesos doscientos sesenta). Para
4.- Sobre los montos no remunerativos mencionados en los puntos 2 y 3 no se aplicarán adicionales de convenio y serán abonados con los haberes correspondientes a la 1ra. Quincena de cada mes.
5.- En el mes de febrero de 2011, las partes iniciarán las negociaciones para definir los términos de incorporación a los básicos de convenio de las Asignaciones No Remunerativas.
6.- Las partes se comprometen a presentar este acuerdo ante la autoridad de aplicación para que proceda a su homologación.
Siendo las 16:00 hs. dan por finalizada la reunión, firmando los comparecientes de conformidad.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, a los 10 días del mes de marzo de 2011 siendo las 14:30 horas se reúnen en la sede central de
1.- En el mes de marzo de 2011, se liquidará a todas las categorías del convenio mencionado, con excepción de la categoría “D” una suma No remunerativa de $ 300.- (pesos trescientos). Para
2.- Sobre los montos no remunerativos mencionados en los punto 1 no se aplicarán adicionales de convenio y serán abonados con los haberes correspondientes a la 1ra. quincena del mes de marzo de 2011.
3.- Durante el mes de marzo de 2011, las partes continuarán las negociaciones para definir los términos de incorporación a los básicos de convenio de las Asignaciones No Remunerativas acordadas en el convenio de junio de 2010.
4.- Las partes se comprometen a presentar este acuerdo ante la autoridad de aplicación para que proceda a su homologación.
Siendo las 16:00 hs. dan por finalizada la reunión, firmando los comparecientes de conformidad.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, a los 13 días del mes de abril de 2011 siendo las 14:30 horas se reúnen en la sede central de
1.- La estructura salarial vigente en el mes de marzo es la siguiente:
| Categoría | Valor Hora | Asignación No Remunerativa |
| Of. Esp. Mult. | 12,90 | 963,00 |
| A CPU | 11,80 | 940,00 |
| Of. Esp. | 11,47 | 844,00 |
| Oficial | 11,07 | 834,00 |
| A | 10,67 | 824,00 |
| B | 10,41 | 818,00 |
| C | 9,75 | 802,00 |
| D | 9,68 | 800,00 |
2.- Para los meses de abril y mayo de 2011 se establece la siguiente estructura salarial:
| Categoría | Valor Hora | Asignación No Remunerativa |
| Of. Esp. Mult. | 15,10 | 565,20 |
| A CPU | 13,81 | 556,00 |
| Of. Esp. | 13,43 | 517,60 |
| Oficial | 12,96 | 513,60 |
| A | 12,49 | 509,60 |
| B | 12,18 | 507,20 |
| C | 11,41 | 500,80 |
| D | 11,33 | 500,00 |
3.- Para el mes de junio de 2011 se establece la siguiente estructura salarial:
| Categoría | Valor Hora | Asignación No Remunerativa |
| Of. Esp. Mult. | 15,10 | 994,50 |
| A CPU | 13,81 | 960,00 |
| Of. Esp. | 13,43 | 816,00 |
| Oficial | 12,96 | 801,00 |
| A | 12,49 | 786,00 |
| B | 12,18 | 777,00 |
| C | 11,41 | 753,00 |
| D | 11,33 | 750,00 |
En este mes se abonará además la siguiente asignación no remunerativa por única vez:
| Categoría | Asignación No Remunerativa Por única vez |
| Of. Esp. Mult. | 497,25 |
| A CPU | 480 |
| Of. Esp. | 408 |
| Oficial | 400,5 |
| A | 393 |
| B | 388,5 |
| C | 376,5 |
| D | 375 |
4.- Para los meses de julio, agosto y septiembre de 2011 se establece la siguiente estructura salarial:
| Categoría | Valor Hora | Asignación No Remunerativa |
| Of. Esp. Mult. | 16,83 | 795,60 |
| A CPU | 15,39 | 768,00 |
| Of. Esp. | 14,96 | 652,80 |
| Oficial | 14,44 | 640,80 |
| A | 13,92 | 628,80 |
| B | 13,58 | 621,60 |
| C | 12,72 | 602,40 |
| D | 12,63 | 600,00 |
5.- Para los meses de octubre y noviembre de 2011 se establece la siguiente estructura salarial:
| Categoría | Valor Hora | Asignación No Remunerativa |
| Of. Esp. Mult. | 16,83 | 861,87 |
| A CPU | 15,39 | 831,97 |
| Of. Esp | 14,96 | 707,18 |
| Oficial | 14,44 | 694,18 |
| A | 13,92 | 681,18 |
| B | 13,58 | 673,38 |
| C | 12,72 | 652,58 |
| D | 12,63 | 649,98 |
6.- Las partes se comprometen a presentar este acuerdo ante la autoridad de aplicación para que proceda a su homologación.
Siendo las 16:00 hs. dan por finalizada la reunión, firmando los comparecientes de conformidad.