Resolución 231 / 2011
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
REGLAMENTO DE FOTOGRAFOS Y DE VIDEO OPERADORES PROFESIONALES EN AREAS PROTEGIDAS NACIONALES
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 32257
- Página:
- 29
Texto original de la norma
MINISTERIO DE TURISMO
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES - LEY N° 22.351
Resolución Nº 231/2011 del Honorable Directorio
Expediente Nº 1298/2009
Bs. As., 4/10/2011
LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
NOTIFICA:
1º — Déjanse sin efecto las Resoluciones P.D. Nº 1244/83 y H.D. Nº 59/96 y todas sus ampliatorias o modificatorias.
2º — Apruébase el “Reglamento de Fotógrafos y de Video Operadores Profesionales en Areas Protegidas Nacionales”, cuyo texto, como Anexo I, forma para integrante de la presente.
3º — Determínase que a través de las distintas Unidades de Conservación se deberá poner en conocimiento a las asociaciones o entidades de fotógrafos locales más representativas en sus zonas de influencia, los objetivos y alcances del presente Reglamento, mediante el procedimiento más apropiado a ese efecto, según su propio criterio. (...) Firmado: Dra. PATRICIA ALEJANDRA GANDINI, Presidenta del Directorio. Lic. JORGE OMAR BERNARD, Vicepresidente del Directorio. Lic. MARIA CRISTINA ARMATTA y Dn. RAUL ALBERTO CHIESA, Vocales del Directorio.
La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los interesados en la sede central de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, sita en la Avda. Santa Fe Nº 690, Capital Federal.
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES - LEY N° 22.351
Resolución Nº 231/2011 del Honorable Directorio
Expediente Nº 1298/2009
Bs. As., 4/10/2011
LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
NOTIFICA:
1º — Déjanse sin efecto las Resoluciones P.D. Nº 1244/83 y H.D. Nº 59/96 y todas sus ampliatorias o modificatorias.
2º — Apruébase el “Reglamento de Fotógrafos y de Video Operadores Profesionales en Areas Protegidas Nacionales”, cuyo texto, como Anexo I, forma para integrante de la presente.
3º — Determínase que a través de las distintas Unidades de Conservación se deberá poner en conocimiento a las asociaciones o entidades de fotógrafos locales más representativas en sus zonas de influencia, los objetivos y alcances del presente Reglamento, mediante el procedimiento más apropiado a ese efecto, según su propio criterio. (...) Firmado: Dra. PATRICIA ALEJANDRA GANDINI, Presidenta del Directorio. Lic. JORGE OMAR BERNARD, Vicepresidente del Directorio. Lic. MARIA CRISTINA ARMATTA y Dn. RAUL ALBERTO CHIESA, Vocales del Directorio.
La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los interesados en la sede central de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, sita en la Avda. Santa Fe Nº 690, Capital Federal.
e. 18/10/2011 N°133127/11 v. 18/10/2011