Resolución 91 / 2011
SECRETARIA DE TRABAJO
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES - EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SA - REG. 287/11
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 32224
- Página:
- 42
Texto original de la norma
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 91/2011
Registro Nº 287/2011
Bs. As., 24/2/2011
VISTO el Expediente Nº 1.412.832/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.412.832/10, suscripto entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA - ARSAT, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el Acuerdo de referencia se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1010/08 “E”, el que fuera suscripto entre las precitadas partes.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se procederá a remitir las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.412.832/10, celebrado entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA - ARSAT, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación. Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.412.832/10.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 91/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 287/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación, D.N.R.T.
En la ciudad autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de abril del año 2010, entre la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA S.A. ARSAT, representada en este acto por el Dr. NESTOR PABLO TOGNETTI, en su carácter de Presidente del Directorio, con el patrocinio de la Dra. Joaquina Berraondo, Tº 76 Fº 0925 y FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, representada en este acto por los Sres. OSVALDO IADAROLA, CLAUDIO MARIN Y ALEJANDRO TAGLIACOZZO, en sus respectivas calidades de Secretario General, Secretario Adjunto y Secretario de Asuntos Profesionales, con el patrocinio del Dr. Gustavo A. Aisin, Tº 67 Fº 304, quienes han arribado al presente acuerdo aplicable al personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 1010/08 E.
PRIMERO
Otorgar un incremento salarial a partir del 1º de abril del 2010, para todos los trabajadores de ARSAT S.A. representados por FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, conforme la nueva escala salarial que se adjunta como ANEXO I, y forma parte integrante del presente acuerdo, para todas las categorías convencionales.
SEGUNDO
A partir del 1º de octubre del 2010, se otorga un nuevo incremento salarial, para todos los trabajadores de ARSAT S.A. representados por FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, conforme la nueva escala salarial que se adjunta como ANEXO II, y forma parte integrante del presente acuerdo, para todas las categorías convencionales.
TERCERO
Las partes declaran que mantienen su plena vigencia todas y cada una de las cláusulas de la Convención Colectiva de Trabajo 1010/08 homologada por el MTEySS y que el presente acuerdo tiene validez dentro de todo el ámbito personal y territorial comprendido en dicha convención colectiva, como también sobre los que se incorporen en el futuro.
CUARTO
En caso de producirse un desfasaje sustancial en la economía durante el período que abarca este acuerdo, las partes se reunirán conforme lo han hecho habitualmente para considerar la situación salarial y establecer las adecuaciones necesarias.
QUINTO
Las partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación la pertinente homologación del presente.
Sin más se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 91/2011
Registro Nº 287/2011
Bs. As., 24/2/2011
VISTO el Expediente Nº 1.412.832/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.412.832/10, suscripto entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA - ARSAT, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el Acuerdo de referencia se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1010/08 “E”, el que fuera suscripto entre las precitadas partes.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se procederá a remitir las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.412.832/10, celebrado entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA - ARSAT, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación. Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.412.832/10.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.412.832/10
Buenos Aires, 28 de febrero de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 91/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 287/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación, D.N.R.T.
En la ciudad autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de abril del año 2010, entre la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA S.A. ARSAT, representada en este acto por el Dr. NESTOR PABLO TOGNETTI, en su carácter de Presidente del Directorio, con el patrocinio de la Dra. Joaquina Berraondo, Tº 76 Fº 0925 y FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, representada en este acto por los Sres. OSVALDO IADAROLA, CLAUDIO MARIN Y ALEJANDRO TAGLIACOZZO, en sus respectivas calidades de Secretario General, Secretario Adjunto y Secretario de Asuntos Profesionales, con el patrocinio del Dr. Gustavo A. Aisin, Tº 67 Fº 304, quienes han arribado al presente acuerdo aplicable al personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 1010/08 E.
PRIMERO
Otorgar un incremento salarial a partir del 1º de abril del 2010, para todos los trabajadores de ARSAT S.A. representados por FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, conforme la nueva escala salarial que se adjunta como ANEXO I, y forma parte integrante del presente acuerdo, para todas las categorías convencionales.
SEGUNDO
A partir del 1º de octubre del 2010, se otorga un nuevo incremento salarial, para todos los trabajadores de ARSAT S.A. representados por FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, conforme la nueva escala salarial que se adjunta como ANEXO II, y forma parte integrante del presente acuerdo, para todas las categorías convencionales.
TERCERO
Las partes declaran que mantienen su plena vigencia todas y cada una de las cláusulas de la Convención Colectiva de Trabajo 1010/08 homologada por el MTEySS y que el presente acuerdo tiene validez dentro de todo el ámbito personal y territorial comprendido en dicha convención colectiva, como también sobre los que se incorporen en el futuro.
CUARTO
En caso de producirse un desfasaje sustancial en la economía durante el período que abarca este acuerdo, las partes se reunirán conforme lo han hecho habitualmente para considerar la situación salarial y establecer las adecuaciones necesarias.
QUINTO
Las partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación la pertinente homologación del presente.
Sin más se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
ANEXO I al Acta de fecha 20 de abril de 2010
ESCALA SALARIAL 2010/2011
| DENOMINACION DEL GRUPO Y DEL CARGO | CATEGORIAS | DESDE ABRIL 2010 |
| ADMINISTRATIVO Y COMERCIAL | ||
| ORDENANZA | AC0 | 2.586 |
| RECEPCIONISTA - AUXILIAR SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL A | AC1 | 3.163 |
| AUXILIAR SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL B | AC2 | 3.737 |
| AUXILIAR SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL C | AC3 | 4.096 |
| SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL A | AC4 | 4.455 |
| SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL B | AC5 | 5.289 |
| SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL C | AC6 | 5.821 |
| SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL D | AC7 | 6.366 |
| ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL A | AC8 | 6.971 |
| ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL B | AC9 | 7.543 |
| ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL C | AC10 | 8.249 |
| ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL D | AC11 | 9.477 |
| ENCARGADO DE AREA - EJECUTIVO DE CUENTAS/MERCADO A | AC12 | 10.043 |
| ENCARGADO DE AREA - EJECUTIVO DE CUENTAS/MERCADO B | AC13 | 10.751 |
| ENCARGADO DE AREA - EJECUTIVO DE CUENTAS/MERCADO C | AC14 | 11.459 |
| ENCARGADO DE AREA - EJECUTIVO DE CUENTAS/MERCADO D | AC15 | 12.450 |
| SUPERVISOR ADMINISTRATIVA/0 - EJECUTIVO DE CUENTAS/CLIENTES A | AC16 | 13.795 |
| SUPERVISOR ADMINISTRATIVA/O - EJECUTIVO DE CUENTAS/CLIENTES 8 | AC17 | 14.715 |
| OPERACIONES, EQUIPOS Y SERVICIOS GENERALES | ||
| AUXILIAR INICIAL | OES0 | 2.586 |
| AUXILIAR DE MANTENIMIENTO | OES1 | 3.163 |
| MEDIO OFICIAL DE EQUIPOS SATELITALES - MANTENIMIENTO - CHOFER A | OES2 | 3.737 |
| OFICIAL DE EQUIPOS SATELITALES - MANTENIMIENTO - CHOFER B | OES3 | 4.096 |
| ESPECIALISTA DE MANTENIMIENTO GENERAL - CHOFER C | OES4 | 4.455 |
| OPERADOR SATELITAL INICIAL - CHOFER D | OES5 | 4.887 |
| OPERADOR SATELITAL A - CHOFER E | OES6 | 5.289 |
| OPERADOR SATELITAL B | OES7 | 5.821 |
| OPERADOR SATELITAL C | OES8 | 6.673 |
| OPERADOR SATELITAL D | OES9 | 7.221 |
| OPERADOR SATELITAL E | OES10 | 8.249 |
| OPERADOR SATELITAL F | OES11 | 8.910 |
| OPERADOR SATELITAL G | OESI2 | 9.477 |
| ADMINISTRACION SATELITAL E INFORMATICA | ||
| AUXILIAR DE SISTEMAS DE INFORMATICA | IE1 | 8.249 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA A | IE2 | 9.477 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA B | IE3 | 10.043 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA C | IE4 | 10.751 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA D | IE5 | 11.459 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA E | IE6 | 12.450 |
| ESPECIALISTA SATELITAL Y DE ESTACION A | IE7 | 13.016 |
| ESPECIALISTA SATELITAL Y DE ESTACION B | IE8 | 13.795 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION A | IE9 | 14.715 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION B | IE10 | 15.635 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION C | IE11 | 16.697 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION D | IE12 | 17.971 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION E | IE13 | 19.061 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION F | IE14 | 21.135 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION G | IE15 | 23.209 |
| TELEOPERADOR | ||
| TELEMARKETER INICIAL | T0 | 2.586 |
| TELEMARKETER A | T1 | 3.163 |
| TELEMARKETER REPRESENTANTE B | T2 | 3.737 |
| TELEMARKETER REPRESENTANTE ESPECIALIZADO C | T3 | 4.096 |
ANEXO II al Acta de fecha 20 de abril de 2010
ESCALA SALARIAL 2010/2011
| DENOMINACION DEL GRUPO Y DEL CARGO | CATEGORIAS | DESDE OCTUBRE 2010 |
| ADMINISTRATIVO Y COMERCIAL | ||
| ORDENANZA | AC0 | 2.819 |
| RECEPCIONISTA - AUXILIAR SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL A | AC1 | 3.447 |
| AUXILIAR SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL B | AC2 | 4.074 |
| AUXILIAR SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL C | AC3 | 4.464 |
| SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL A | AC4 | 4.856 |
| SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL B | AC5 | 5.765 |
| SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL C | AC6 | 6.345 |
| SECRETARIA/O ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL D | AC7 | 6.939 |
| ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL A | AC8 | 7.598 |
| ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL B | AC9 | 8.222 |
| ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL C | AC10 | 8.992 |
| ADMINISTRATIVA/O - COMERCIAL D | AC11 | 10.330 |
| ENCARGADO DE AREA - EJECUTIVO DE CUENTAS/MERCADO A | AC12 | 10.947 |
| ENCARGADO DE AREA - EJECUTIVO DE CUENTAS/MERCADO B | AC13 | 11.718 |
| ENCARGADO DE AREA - EJECUTIVO DE CUENTAS/MERCADO C | AC14 | 12.490 |
| ENCARGADO DE AREA - EJECUTIVO DE CUENTAS/MERCADO D | AC15 | 13.570 |
| SUPERVISOR ADMINISTRATIVA/0 - EJECUTIVO DE CUENTAS/CLIENTES A | AC16 | 15.036 |
| SUPERVISOR ADMINISTRATIVA/O - EJECUTIVO DE CUENTAS/CLIENTES B | AC17 | 16.039 |
| OPERACIONES, EQUIPOS Y SERVICIOS GENERALES | ||
| AUXILIAR INICIAL | OES0 | 2.819 |
| AUXILIAR DE MANTENIMIENTO | OES1 | 3.447 |
| MEDIO OFICIAL DE EQUIPOS SATELITALES - MANTENIMIENTO - CHOFER A | OES2 | 4.074 |
| OFICIAL DE EQUIPOS SATELITALES - MANTENIMIENTO - CHOFER B | OES3 | 4.464 |
| ESPECIALISTA DE MANTENIMIENTO GENERAL - CHOFER C | OES4 | 4.856 |
| OPERADOR SATELITAL INICIAL - CHOFER D | OES5 | 5.327 |
| OPERADOR SATELITAL A - CHOFER E | OES6 | 5.765 |
| OPERADOR SATELITAL B | OES7 | 6.345 |
| OPERADOR SATELITAL C | OES8 | 7.274 |
| OPERADOR SATELITAL D | OES9 | 7.870 |
| OPERADOR SATELITAL E | OES10 | 8.992 |
| OPERADOR SATELITAL F | OES11 | 9.712 |
| OPERADOR SATELITAL G | OESI2 | 10.330 |
| ADMINISTRACION SATELITAL E INFORMATICA | ||
| AUXILIAR DE SISTEMAS DE INFORMATICA | IE1 | 8.992 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA A | IE2 | 10.330 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA B | IE3 | 10.947 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA C | IE4 | 11.718 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA D | IE5 | 12.490 |
| ADMINISTRADOR DE SISTEMAS DE INFORMATICA E | IE6 | 13.570 |
| ESPECIALISTA SATELITAL Y DE ESTACION A | IE7 | 14.187 |
| ESPECIALISTA SATELITAL Y DE ESTACION B | IE8 | 15.036 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION A | IE9 | 16.039 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION B | IE10 | 17.042 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION C | IE11 | 18.199 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION D | IE12 | 19.588 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION E | IE13 | 20.776 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION F | IE14 | 23.037 |
| EXPERTO SATELITAL Y DE ESTACION G | IE15 | 25.298 |
| TELEOPERADOR | ||
| TELEMARKETER INICIAL | T0 | 2.819 |
| TELEMARKETER A | T1 | 3.447 |
| TELEMARKETER REPRESENTANTE B | T2 | 4.074 |
| TELEMARKETER REPRESENTANTE ESPECIALIZADO C | T3 | 4.464 |