Resolución 391 / 2009
SECRETARIA DE ENERGIA
MERCADO ELECTRICO MAYORISTA
ENERGIA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 31664
- Página:
- 32
Texto original de la norma
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº 391/2009
Bs. As., 22/5/2009
VISTO el Expediente NºS01:0179016/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, yCONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº1426 de fecha 6 de diciembre de 2004 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de ENERGIA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), en carácter de generador por la Central Hidroeléctrica QUEBRADA DE ULLUM de CUARENTA Y CINCO MEGAVATIOS (45 MW) de potencia instalada, ubicada en el Departamento de ULLUM, Provincia de SAN JUAN.
Que el Artículo 2º del referido acto condicionaba la permanencia de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley Nº15.336, texto conforme al Artículo 89 de la Ley Nº24.065, dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) meses contados a partir de la fecha de esa resolución.
Que con posterioridad se ha dispuesto una prórroga a la autorización otorgada para actuar como Generador del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), concedida por medio de la Resolución Nº557 del 28 de mayo de 2007 de la SECRETARIA DE ENERGIA, en la cual se autorizaba la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2008.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los, artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº24.065.
Por ello,
EL SECRETARIODE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 1º de la Resolución Nº 557 de fecha 28 de mayo de 2007 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quedando ENERGIA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.) habilitada para actuar con carácter provisorio como Generador del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por la Central Hidroeléctrica QUEBRADA DE ULLUM, ubicada en el Departamento de ULLUM, Provincia de SAN JUAN, hasta el 31 de diciembre de 2010.
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 159/2011 de la Secretaría de Energía B.O. 6/5/2011 se autoriza la postergación de la fecha límite definida en el presente Artículo, quedando la Empresa ENERGIA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.) habilitada para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELECTRICA QUEBRADA DE ULLUM hasta el 31 de diciembre de 2012.Ver Resolución Nº 1426/2004 de la Secretaría de Energía B.O. 7/12/2004)
ARTICULO 2º — Notifíquese a ENERGIA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA (DISTROCUYO S.A.).
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº 391/2009
Bs. As., 22/5/2009
VISTO el Expediente NºS01:0179016/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, yCONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº1426 de fecha 6 de diciembre de 2004 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de ENERGIA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), en carácter de generador por la Central Hidroeléctrica QUEBRADA DE ULLUM de CUARENTA Y CINCO MEGAVATIOS (45 MW) de potencia instalada, ubicada en el Departamento de ULLUM, Provincia de SAN JUAN.
Que el Artículo 2º del referido acto condicionaba la permanencia de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley Nº15.336, texto conforme al Artículo 89 de la Ley Nº24.065, dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) meses contados a partir de la fecha de esa resolución.
Que con posterioridad se ha dispuesto una prórroga a la autorización otorgada para actuar como Generador del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), concedida por medio de la Resolución Nº557 del 28 de mayo de 2007 de la SECRETARIA DE ENERGIA, en la cual se autorizaba la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2008.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los, artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº24.065.
Por ello,
EL SECRETARIODE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 1º de la Resolución Nº 557 de fecha 28 de mayo de 2007 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quedando ENERGIA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.) habilitada para actuar con carácter provisorio como Generador del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por la Central Hidroeléctrica QUEBRADA DE ULLUM, ubicada en el Departamento de ULLUM, Provincia de SAN JUAN, hasta el 31 de diciembre de 2010.
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 159/2011 de la Secretaría de Energía B.O. 6/5/2011 se autoriza la postergación de la fecha límite definida en el presente Artículo, quedando la Empresa ENERGIA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.) habilitada para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELECTRICA QUEBRADA DE ULLUM hasta el 31 de diciembre de 2012.Ver Resolución Nº 1426/2004 de la Secretaría de Energía B.O. 7/12/2004)
ARTICULO 2º — Notifíquese a ENERGIA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA (DISTROCUYO S.A.).
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
e. 01/06/2009 Nº45319/09 v. 01/06/2009