Ley 26321
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
INMUEBLES
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO - TRANSFERENCIA
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 31302
- Página:
- 3
Ley 26.321
Transfiérase a título gratuito y con cargo a favor de la Universidad Nacional de Tres de Febrero, una porción de terreno propiedad del Estado Nacional, sita en el límite del partido de Tres de Febrero con el de San Martín, de la provincia de Buenos Aires.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina reunidos en Congreso,
etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º — Transfiérase a título gratuito, a favor de la Universidad Nacional de Tres de Febrero, con salvaguarda de los derechos del concesionario y de terceros que pudieran verse afectados, la porción de terreno propiedad del Estado nacional, sita en el límite del partido de Tres de Febrero con el de San Martín, de la provincia de Buenos Aires, ubicada en el ramal Lourdes Lynch, estación Lynch (ex-Ferrocarril General Urquiza), y delimitada por las calles Ricardo Frías, Benito Lynch, Beazley, zona de vías (Lemos – Lacroze) y cuadro de Estación Lynch.
ARTICULO 2º — La presente transferencia se efectúa con el cargo de ser destinado a la construcción de un edificio, instalaciones y campo deportivo para la mencionada universidad.
ARTICULO 3º — Con carácter previo a la citada transferencia, deberá procederse a la mensura, deslinde y a la realización del plano pertinente, aprobado por el organismo que corresponda.
ARTICULO 4º — Los gastos que demande la presente ley estarán a cargo de la Universidad Nacional de Tres de Febrero.
ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.321 —
ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.