Ley 26116
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES
BIBLIOTECA POPULAR DEL PARANA - ENTRE RIOS
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 30945
- Página:
- 1
Ley 26.116
Declárase monumento histórico nacional al edificio donde funciona la Biblioteca Popular del Paraná, ubicado en la ciudad homónima, provincia de Entre Ríos.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase monumento histórico nacional al edificio donde funciona la Biblioteca Popular del Paraná, ubicado en la calle Buenos Aires 256 de la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos.
El inmueble citado se encuentra emplazado en la manzana comprendida entre las calles Buenos Aires, Laprida, San Martín y Cervantes.
ARTICULO 2º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos convendrá con las autoridades de la biblioteca los términos y el alcance de la cooperación a brindar por aquélla a los efectos de la mejor preservación, rehabilitación, conservación y guarda del edificio que se declara monumento histórico nacional por la presente ley.
ARTICULO 3º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos practicará las inscripciones correspondientes en los registros catastrales y de la Propiedad Inmueble.
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
—REGISTRADA BAJO EL Nº 26.116—
ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.