Resolución 13 / 2005
COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY
COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY
DIGESTO SOBRE USOS DEL RIO URUGUAY
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 30770
- Página:
- 22
PLENARIO: 06.05.05
ACTA N°: 05/05
Resolución N° 13/05
Paysandú, 06 de mayo de 2005
VISTO: Lo informado por la Secretaría Técnica conjuntamente con los Asesores a los efectos de aprobar los nuevos estándares de calidad de agua establecidos; y
CONSIDERANDO: Que la CARU aprobó con fecha 14 de Septiembre de 2004 los nuevos estándares de calidad de agua, a los efectos de incorporarlos al DIGESTO sobre usos del Río Uruguay.
ATENTO: A las competencias y responsabilidades que le han sido conferidas estatutariamente a la Comisión.
RESUELVE:
Artículo 1°) — Sustituir en el DIGESTO sobre usos del Río Uruguay, TEMA E3, TITULO 2, CAPITULO 4 - CLASIFICACION DE LAS AGUAS Y ESTANDARES DE CALIDAD DE LAS AGUAS., SECCION 2, Estándares de calidad de las aguas. Art. 1°) USO 4. BASICO, y Art. 3°) USO 2, por el siguiente texto:
CAPITULO 4 - CLASIFICACION DE LAS AGUAS Y ESTANDARES DE CALIDAD DE LAS AGUAS.
SECCION 2. Estándares de calidad de las aguas.
Artículo 1°) — USO 4. BASICO
Los estándares correspondientes al Uso 4, serán los que se indican a continuación:
| a. Oxígeno disuelto |
|
| Mínimo: | 5,6 mg/L |
| b. pH |
|
| Entre | 6,5 y 9,0 (DBO 5 ) |
c. Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO 5 ) 5 días a 20°C
| Máximo | 5mg/L |
d. Temperatura
Se deberán mantener las condiciones naturales.
e. Aceites y grasas (extractables en n - Hexano)
Virtualmente ausentes.
f. Amoníaco no ionizable (NH 3 )
| Máximo | 19µg/L de N |
g. Sustancias tóxicas:
Máximos:
| Arsénico | 15 µg/L de As |
| Cadmio | 0,84 µg/L de Cd |
| Cianuro | 5 µg/L de CN |
| Cobre | 10 µg/L de Cu |
| Cromo | 10 µg/L de Cr1 |
| Fenoles | 1 µ/L de C6 H5 oH |
| Hierro | 1000 µ/L de Fe |
| Mercurio | 0,2 µg/L de Hg |
| Níquel | 116,3 µ/L de Ni |
| Plomo | 7 µ/L de Pb |
| Selenio | 5 µg/L de Se |
| Zinc | 37 µg/L de Zn |
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La concentración de cromo total no podrá contener más de 2 µg/L de cromo exavalente [Cr (VI)].h. Biocidas
Máximos
| Aldrin | 5 ng/L |
| Clordano | 5 ng/L |
| DDT | 2 ng/L |
| Dieldrin | 5 ng/L |
| Endosulfan | 20 ng/L |
| Endrin | 4 ng/L |
| Heptacloro | 10 ng/L |
| Heptacloro epóxido | 10 ng/L |
| Lindano (gama BHC) | 16 ng/L |
| Metoxicloro | 30 ng/L |
| Organofosforados | 65 ng/L como Paration |
| 2,4 D | 4 µg/L |
| 2, 4, 5 | T10 µg/L |
| 2, 4, 5 TP | 2 µg/L |
i. Bifenilos Policlorados (BPC)
| Máximo: | 1 ng/L |
Artículo 3°) — USO 2.
Los estándares correspondientes al Uso 2 serán aquellos determinados para el Uso 4 con más los siguientes agregados y modificaciones.
a. Coliformes fecales
Determinados mediante la técnica de la membrana filtrante y basados en un mínimo de cinco muestras igualmente espaciadas tomadas en un período de treinta días durante la temporada balnearia, no deberán exceder una media logarítmica de 200 UFC/100 ml ni superar los 500 UFC /100 ml en más del 20 por ciento de las muestras.
| b. pH | Entre: 6,5 y 8,3 |
c. Esquistosomiasis.
Deberá verificarse la ausencia de caracoles del género Planorbis en las zonas de aguas quietas, en especial en áreas de embalse.
d. Detergentes (SAAM)
| Máximo: | 1,0 mg/L de LAS |
e. Escherichia coli
La media geométrica de al menos cinco muestras en treinta días no debe exceder los 126 E. Coli /100 ml
f. Enterococos
La media geométrica de al menos cinco muestras en treinta días no debe exceder los 33 Enterococos/ 100 ml.
Artículo 2°) — Comuníquese, dése a las Secretarías Administrativa y Técnica, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay y archívese. — Embajador ROBERTO GARCIA MORITAN, Presidente Comisión Administradora del Río Uruguay. — SERGIO CHAVES, Secretario Administrativo Comisión Administ. del Río Uruguay. — Arq. WALTER M. BELVISI, Vicepresidente Comisión Administradora del Río Uruguay.
e. 31/10 N° 76.452 v. 31/10/2005