Presidencia de la Nación

Ley 27442

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

DISPOSICIONES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 15-Mayo-2018
Resumen:

ESTAN PROHIBIDOS LOS ACUERDOS ENTRE COMPETIDORES, LAS CONCENTRACIONES ECONOMICAS, LOS ACTOS O CONDUCTAS, DE CUALQUIER FORMA MANIFESTADOS, RELACIONADOS CON LA PRODUCCION E INTERCAMBIO DE BIENES O SERVICIOS, QUE TENGAN POR OBJETO O EFECTO LIMITAR, RESTRINGIR, FALSEAR O DISTORSIONAR LA COMPETENCIA O EL ACCESO AL MERCADO O QUE CONSTITUYAN ABUSO DE UNA POSICION DOMINANTE EN UN MERCADO, DE MODO QUE PUEDA RESULTAR PERJUICIO PARA EL INTERES ECONOMICO GENERAL. SE LES APLICARAN LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE LEY A QUIENES REALICEN DICHOS ACTOS O INCURRAN EN DICHAS CONDUCTAS, SIN PERJUICIO DE OTRAS RESPONSABILIDADES QUE PUDIEREN CORRESPONDER COMO CONSECUENCIA DE LOS MISMOS. QUEDA COMPRENDIDA EN ESTE ARTICULO, EN TANTO SE DEN LOS SUPUESTOS DEL PARRAFO ANTERIOR, LA OBTENCION DE VENTAJAS COMPETITIVAS SIGNIFICATIVAS MEDIANTE LA INFRACCION DE OTRAS NORMAS.

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