Ley 27421
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
FIESTAS NACIONALES
FIESTA DE LA TRADICION JACHALLERA
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 33776
- Página:
- 4
Texto original de la norma
Ley 27421
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1°.- Declárese Fiesta Nacional de la Tradición, a la Fiesta de la Tradición Jachallera que se realiza todos los años en la localidad de Jáchal, provincia de San Juan.
ARTÍCULO 2°.- Inclúyase la misma en el calendario turístico y cultural nacional y dispóngase su difusión por medio de los organismos con competencia en la materia.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1°.- Declárese Fiesta Nacional de la Tradición, a la Fiesta de la Tradición Jachallera que se realiza todos los años en la localidad de Jáchal, provincia de San Juan.
ARTÍCULO 2°.- Inclúyase la misma en el calendario turístico y cultural nacional y dispóngase su difusión por medio de los organismos con competencia en la materia.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27421 —
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
e. 21/12/2017 N° 99658/17 v. 21/12/2017