Ley 27220
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
LUGARES HISTORICOS NACIONALES
RESERVA GEOLOGICA, PALEONTOLOGICA Y ARQUEOLOGICA PROVINCIAL PEHUEN-CO - MONTE HERMOSO
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 33282
- Página:
- 6
Texto original de la norma
Ley 27220
Declaración.
ARTÍCULO 1° — Declárase lugar histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, a la Reserva Geológica, Paleontológica y Arqueológica Provincial ‘Pehuen-Có - Monte Hermoso’, localizada en los municipios de Coronel de Marina Leonardo Rosales y Monte Hermoso, provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE
JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
Declaración.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Declárase lugar histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, a la Reserva Geológica, Paleontológica y Arqueológica Provincial ‘Pehuen-Có - Monte Hermoso’, localizada en los municipios de Coronel de Marina Leonardo Rosales y Monte Hermoso, provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE
— REGISTRADA BAJO EL N° 27220 —
JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.