Presidencia de la Nación

Ley 27122

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


CONVENIOS

CONVENIO MARCO - APROBACION

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
4
Ley 27.122

Convenio Marco de Cooperación en Materia Económica y de Inversiones. Aprobación.





El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Convenio Marco de Cooperación en Materia Económica y de Inversiones entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Popular China, suscrito en la Ciudad de Buenos Aires —República Argentina— el 18 de julio de 2014, que consta de diez (10) artículos, cuya copia autenticada, en idiomas español e inglés, forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 27.122 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Nota Infoleg:
Archivos anexos
Scroll hacia arriba