Ley 27101
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
DECLARACIONES OFICIALES
ARBOL HISTORICO NACIONAL - DECLARASE
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 33056
- Página:
- 2
Texto original de la norma
Ley 27.101
Declárase Árbol Histórico Nacional, un ejemplar en la Provincia de Salta.
ARTÍCULO 1° — Declárase árbol histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, al ejemplar de algarrobo blanco (Prosopis alba) emplazado en jurisdicción del municipio de Campo Santo, Departamento de General Güemes, provincia de Salta.
ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
JULIAN A. DOMINGUEZ. — JUAN H. ESTRADA. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.
Declárase Árbol Histórico Nacional, un ejemplar en la Provincia de Salta.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Declárase árbol histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, al ejemplar de algarrobo blanco (Prosopis alba) emplazado en jurisdicción del municipio de Campo Santo, Departamento de General Güemes, provincia de Salta.
ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.101 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — JUAN H. ESTRADA. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.