Ley 26971
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
TRATADOS
TRATADO SOBRE EL COMERCIO DE ARMAS
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Fecha: 22-09-2014
- Número:
- Boletín Oficial número: 32973
- Página:
- 2
Texto original de la norma
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1° —Apruébase el Tratado sobre el Comercio de Armas, adoptado en la ciudad de Nueva York —Estados Unidos de América—, el 2 de abril de 2013, que consta de veintiocho 28 artículos, cuya copia autenticada, en idioma español e inglés forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° —Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.971 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Nota Infoleg: