Ley 26810
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
ADHESIONES OFICIALES
COMODORO RIVADAVIA - CAPITAL NACIONAL DE LAS COLECTIVIDADES EXTRANJERAS
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 32565
- Página:
- 1
Texto original de la norma
ADHESIONES OFICIALES
Ley 26.810
Declárese Capital Nacional de las Colectividades Extranjeras a la ciudad de Comodoro Rivadavia, en la provincia del Chubut.
ARTICULO 1º — Declárese Capital Nacional de las Colectividades Extranjeras a la ciudad de Comodoro Rivadavia, en la provincia del Chubut.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
Ley 26.810
Declárese Capital Nacional de las Colectividades Extranjeras a la ciudad de Comodoro Rivadavia, en la provincia del Chubut.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárese Capital Nacional de las Colectividades Extranjeras a la ciudad de Comodoro Rivadavia, en la provincia del Chubut.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.810 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.