Presidencia de la Nación

Ley 26555

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


MONUMENTOS HISTORICOS

IGLESIA Y CONVENTO “SAN FRANCISCO”

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
7

Ley 26.555

Declárase Monumento Histórico Nacional a la Iglesia y Convento "San Francisco" ubicado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declárase Monumento Histórico Nacional a la Iglesia y Convento "San Francisco", ubicado en la intersección de las calles Belgrano y Lavalle, de la ciudad de San Salvador de Jujuy departamento Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy, de acuerdo con lo dispuesto en las leyes 12.665 y 24.252.

ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, adoptará las medidas necesarias para la preservación y promoción del Monumento.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.555 —

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

JOSE J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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