Ley 26555
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
MONUMENTOS HISTORICOS
IGLESIA Y CONVENTO SAN FRANCISCO
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 31802
- Página:
- 7
Ley 26.555
Declárase Monumento Histórico Nacional a la Iglesia y Convento "San Francisco" ubicado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase Monumento Histórico Nacional a la Iglesia y Convento "San Francisco", ubicado en la intersección de las calles Belgrano y Lavalle, de la ciudad de San Salvador de Jujuy departamento Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy, de acuerdo con lo dispuesto en las leyes 12.665 y 24.252.
ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, adoptará las medidas necesarias para la preservación y promoción del Monumento.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.555 —
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
JOSE J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.