Presidencia de la Nación

Ley 26530

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


REGIMEN FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL

LEY Nº 25.917 - EXCEPCIONES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 24-Nov-2009
Resumen:

DURANTE LOS EJERCICIOS 2009 Y 2010 SE EXCLUIRAN DE LOS ARTICULOS 10 Y 19 DE LA LEY 25.917 AQUELLAS EROGACIONES QUE SE HAYAN DESTINADO A PROMOVER LA ACTIVIDAD ECONOMICA, A SOSTENER EL NIVEL DE EMPLEO Y DAR COBERTURA A LA EMERGENCIA SANITARIA Y A LA ASISTENCIA SOCIAL. DEJANSE SIN EFECTO PARA LOS EJERCICIOS 2009 Y 2010, LAS LIMITACIONES CONTENIDAS EN EL ARTICULO 12 Y EN EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 21 DE LA LEY 25.917, RESPECTO AL ENDEUDAMIENTO DE TODAS LAS JURISDICCIONES PARTICIPANTES DEL REGIMEN DE RESPONSABILIDAD FISCAL. ASIMISMO, DURANTE LOS EJERCICIOS REFERIDOS NO SERAN CONSIDERADAS LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN EL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 15 Y EN EL ARTICULO 24 DE LA LEY 25.917, NI EN LOS ARTICULOS 2º Y 3º DE LA LEY 25.152.

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