Ley 26110
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
FERIADOS NACIONALES
LEY NRO. 25370 - MODIFICACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 30937
- Página:
- 1
Ley 26.110
Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 25.370.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina reunidos en Congreso,
etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 25.370 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º-. Declárase "Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas", el 2 de abril, el que tendrá carácter de Feriado Nacional inamovible.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
—REGISTRADA BAJO EL Nº 26.110—
ALBERTO BALLESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.